La designación de jueces constitucionales en México

Autor: José Antonio Caballero*

Puerta_Suprema_CorteEn el otoño de 2013, la Suprema Corte de Justicia amparó a una persona que había sido acusada de participar en la comisión de una mascare. El amparo tuvo como fundamento que el detenido había sido torturado y retenido en una instalación militar previo su traslado a un juez. Se trató de una muy buena noticia. Sentencias como esta contribuyen a reducir los abusos en contra de los detenidos. Sin embargo, la mala noticia es que un agente del ministerio público, un juez penal, un juez de amparo y un tribunal colegiado de amparo, todos, encargados de revisar el mismo caso antes que la Suprema Corte, no vieron ninguna irregularidad en el trato al acusado. Fue necesario llegar a la Suprema Corte para que se lograra una resolución favorable y protectora de los derechos humanos del acusado. La anécdota deja en un estupendo lugar a la Corte, pero, me temo, nos genera muchas dudas sobre otros tribunales en el país.

Traigo este asunto a colación a propósito del proceso de designación de ministros para la Suprema Corte de Justicia que se encuentra en desarrollo en México. Este año se deben designar tres nuevas ministras o ministros. El punto que quiero destacar es el papel de la Suprema Corte de Justicia como la última instancia para corregir irregularidades y abusos que no encuentran solución en otras instancias del sistema judicial, sean locales o federales. De ahí la necesidad de asegurar que quienes ocupen el cargo tengan las condiciones necesarias para defender con eficacia a la Constitución.

De acuerdo con la Constitución Mexicana, el procedimiento para la selección de ministros se inicia cuando el Presidente de la República presenta al Senado tres candidatos con el objeto de que el órgano legislativo seleccione a uno de los propuestos. El proceso para la selección del primer ministro se inició este mes cuando el Presidente propuso al embajador de México en los Estados Unidos de América y a dos magistrados federales. De la terna propuesta, llama la atención las diferencias entre los candidatos. Un magistrado se especializa en la materia penal. Tiene una larga trayectoria en el Poder Judicial Federal, obra publicada y estudios en diversas instituciones de educación superior. El otro magistrado se especializa en la materia civil. Su carrera inicial se desarrolló en la administración pública. Lleva más de 20 años al servicio del Poder Judicial Federal. Fue secretario de estudio en la ponencia del Ministro Aguirre Anguiano en la Suprema Corte. El tercer candidato ha sido director del máximo órgano de inteligencia del Estado Mexicano, Secretario de Seguridad Pública del Gobierno Federal y Procurador General de la República. En este último cargo tuvo importantes confrontaciones con el Ombudsman nacional. Tras dejar el cargo de Procurador ha servido como embajador de México. La pregunta obligada es ¿Cuál es el criterio que orientó la composición de esta terna? La trayectoria del tercer candidato no tiene nada que ver con la de los dos primeros. Pero incluso en el caso de los dos primeros, la única coincidencia es que son magistrados en el Poder Judicial de la Federación. A partir de ahí sus características difieren mucho.

El escueto comunicado de la Presidencia de la República no permite conocer las razones por las que se integró la terna en la forma en que se hizo. Se especula que el tercer integrante de la terna es el candidato fuerte. De ser esto así, es deseable justificar las razones por las que el Presidente optó por él. Después de todo, se trata de un funcionario que ha pasado por el corazón del sistema de seguridad y procuración de justicia del Estado Mexicano. Para bien o para mal, el tránsito por esa ruta deja muchas facturas. Es claro que la integración de la terna es una atribución del Presidente. Pero también es claro que México es un Estado democrático constitucional. Ello obliga necesariamente al Presidente a generar consensos para el ejercicio de sus atribuciones constitucionales. Pensar lo contrario es considerar que la Presidencia de la República es una institución completamente sujeta a la discrecionalidad de su titular.

Ahora corresponde al Senado de la República analizar la terna. La labor fundamental del Senado pasa por convencer a los mexicanos que el designado tiene el reconocimiento público y la capacidad necesaria para ocupar el cargo de ministro. La reforma de 1994 a la Suprema Corte se produjo porque la institución se encontraba en una crisis de descrédito y totalmente alejada de la sociedad. La reforma fue muy exitosa en corregir el camino. Hoy la Corte es una institución clave para el funcionamiento de nuestro sistema constitucional y cuenta con un amplio respaldo público. Equivocar el camino en los procesos de designación de los nuevos ministros puede echar por tierra un esfuerzo de años.

El problema es todavía más complejo. Es por todos sabido que desde hace algunos años México tiene importantes problemas en materia de seguridad pública. Junto a los problemas de seguridad pública existen también importantes afectaciones a los derechos humanos de la población. A los problemas en derechos humanos se suman cuestionamientos a la integridad de funcionarios públicos que van desde los municipios hasta la Presidencia de la República.

Ante este panorama resulta de la mayor importancia asegurar que quien sea designado para ocupar el cargo de ministro en la Suprema Corte tenga un compromiso intachable con la defensa de los derechos humanos y sea considerado un juez imparcial. Además debe asegurarse que el proceso cuente con las señales necesarias de pluralidad y de que las decisiones se toman por razones de Estado. Hasta el momento, el proceso no cuenta con esas señales.

La búsqueda de alternativas al modelo de designación de ministros no se descarta del debate. Cualquier solución debe necesariamente incorporar esquemas en donde se reconozca a la Suprema Corte de Justicia como un espacio comprometido con los valores del constitucionalismo contemporáneo. Para ello, el proceso debe contar con el apoyo de la sociedad civil. El ejemplo de países como Argentina en donde el proceso de designación de ministros fue apuntalado por esquemas que incentivan la participación social, aporta muchas lecciones sobre la importancia de crear mecanismos que permitan asegurar la legitimidad del proceso. La operación de este tipo de mecanismos no requiere de reformas. El cambio se obtiene mediante acciones de consulta concretas en donde el Presidente y, posteriormente, el Senado, tomen el pulso de la sociedad en relación con la posibilidad de designar a una candidata determinada. El prestigio y la capacidad de las candidatos es la mejor garantía en el proceso de designación. Y el prestigio no es más que el resultado del reconocimiento público de las candidatas. Reconocimiento que incluye la aceptación de la clase política y de la sociedad civil por igual. Después de todo, quien llegue a la Corte tendrá la responsabilidad de decidir asuntos en donde están en juego los intereses de todas las personas que viven en México. El debate público tiene el efecto de fortalecer a la persona que resulte designada para ocupar el cargo de ministro. El reto está en decidirse a impulsarlo.

*Jose Antonio Caballero es Profesor/Investigador en la División de Estudios Jurídicos del CIDE

Acerca de Justicia en las Américas

Este es un espacio de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés) en el que también colaboran las personas y organizaciones comprometidas con la vigencia de los derechos humanos en el continente americano. Aquí encontrará información y análisis sobre los principales debates y sucesos relacionados con la promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos, la independencia judicial y el fortalecimiento de la democracia en América Latina. Este blog refleja las opiniones personales de los autores en sus capacidades individuales. Las publicaciones no representan necesariamente a las posiciones institucionales de DPLF o los integrantes de su junta directiva. / This blog is managed by the Due Process of Law Foundation (DPLF) and contains content written by people and organizations that are committed to the protection of human rights in Latin America. This space provides information and analysis on current debates and events regarding the rule of law, human rights, judicial independence, and the strengthening of democracy in the region. The blog reflects the personal views of the individual authors, in their individual capacities. Blog posts do not necessarily represent the institutional positions of DPLF or its board.

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