Autora: Fátima Andrada Pasmor*
En Paraguay nos encontramos ante un proceso de selección de ministro de Corte Suprema de Justicia que hasta el momento parece esperanzador. El Consejo de la Magistratura (“el Consejo”) ha implementado herramientas de transparencia y participación ciudadana en busca de recuperar su credibilidad perdida y la del sistema de justicia en general.
En los últimos años se instaló una sensación general de desconfianza ciudadana hacia todos los actores del sistema de justicia en los procesos de selección de jueces de la Corte Suprema, considerando la tradicional injerencia de los partidos políticos en la conformación del Consejo y las ternas diseñadas a puertas cerradas. Esto sumado a una percepción general de estar ante un Poder Judicial ineficiente, corrupto y sometido a la clase política[1]. Sin embargo, la actual conformación del Consejo, que entró en funciones en el 2013, ha realizado hasta la fecha un trabajo que ha sido calificado por la prensa local de “correcto”[2]. Hacemos propio este adjetivo agregando que ha sido impecable, y estamos a la espera de la culminación de un proceso que arroje como resultado la elección del mejor, con la satisfacción de haber sido testigos de un proceso con amplia participación ciudadana.
El 2 de diciembre de 2014 renunció el ministro de la Corte Suprema Víctor Núñez como consecuencia de la crisis política que amenazaba con un juicio político a 3 ministros, uno de los cuales era Núñez[3]. A partir de su renuncia, se inició el proceso para suplir la vacancia. La Constitución establece que producida la vacancia, la Corte Suprema debe comunicar de la misma al Consejo. A su vez, éste debe proponer una terna de candidatos y elevarla a la Cámara de Senadores para que con acuerdo del Poder Ejecutivo se designe al nuevo ministro[4].
El plazo para el llamado a concurso finalizó el 30 de enero, las audiencias públicas el 20 de febrero, y se espera que el Consejo proponga la terna al Senado dentro de las primeras semanas de marzo. En este proceso se presentaron 51 candidatos: 21 magistrados de segunda instancia; 9 jueces de primera instancia; 20 abogados del sector privado y una defensora pública. De estos 51 candidatos, 9 fueron mujeres.
El Consejo adoptó una serie de medidas que aseguraron la transparencia, que tuvieron como resultado una amplia participación ciudadana a través de las redes sociales y en las audiencias. Dentro de las medidas adoptadas destacan las siguientes:
Publicación de datos. El Consejo fue informando de los nombres y currículums de los postulantes a medida que se presentaron, publicando en su página web toda la información relevante[5]. Durante esta etapa el desafío para el Consejo fue llamar a los mejores. Existía una preocupación fundada, de que ante la falta de confianza ciudadana no se presentaran los candidatos con mayores cualidades. Por este motivo se realizó una fuerte campaña de prensa, en donde se resaltó el compromiso de dejar fuera la injerencia política en el proceso. Se informó de las audiencias públicas, de la nueva normativa del proceso de selección, y de la creación de un “Tribunal de Honor” que avalaría el proceso.
Denuncias ciudadanas. Se habilitó una etapa de 10 días a partir del cierre de las candidaturas, para que cualquier persona natural o jurídica formulara sus consideraciones sobre los postulantes. El reglamento exigió que en caso de denuncias, éstas fueran fundadas y en lo posible documentadas, garantizándose la reserva de la identidad de los denunciantes. Los afectados pudieron realizar sus descargos al momento de concurrir a la audiencia pública. Las denuncias presentadas abordaron, entre otras materias, la falta de imparcialidad con la que actuaron magistrados en casos judiciales, los posibles conflictos de intereses que ciertos abogados pudieran tener considerando sus clientes (grupos de poder económico que podrían influir en futuras decisiones) y situaciones particulares, como el cuestionamiento a ciertos candidatos por la falta de prestación de alimentos o por infracciones municipales en accidentes de tránsito. El Consejo tiene a su cargo evaluar el requisito de “honorabilidad” exigido por la Constitución y estas audiencias permitieron que los ciudadanos cuestionaran conductas poco respetables de un potencial ministro de la Corte Suprema.
Audiencias Públicas. Las audiencias se realizaron en el Congreso Nacional de Paraguay y fueron transmitidas en directo por la TV pública y por varios medios de prensa, incluyendo vía la web del Consejo. La ciudadanía pudo participar ya sea asistiendo a las mismas o a través de la página del Consejo. Los postulantes fueron convocados por orden alfabético y días antes el Consejo los reunió en su sede para darles las indicaciones sobre el procedimiento que se llevaría a cabo. Cada postulante expuso durante 15 minutos sobre un tema referente al área del derecho de su especialidad. Los únicos autorizados a formular preguntas directamente fueron los miembros del Consejo, pero las personas presentes podían formular preguntas escritas que eran leídas a los candidatos. Asimismo, el Tribunal de Honor realizó preguntas generales y específicas sobre las especialidades de los postulantes. Durante las audiencias fueron leídas las denuncias y se dio tiempo a los candidatos para realizar clarificaciones y objeciones a las mismas. Los candidatos tuvieron acceso a los documentos que respaldaron las denuncias con anterioridad a la audiencia.
Tribunal de Honor. El Consejo decidió conformar un Tribunal de Honor compuesto por 8 profesionales del Derecho de reconocida trayectoria, que ad honorem dedicaron tiempo para asistir a las audiencias. Entre los mismos se encontraban ex Ministros de la Corte Suprema, abogados retirados y profesores universitarios de vasta trayectoria. El Tribunal estuvo conformado por siete hombres y una mujer que son respetados por la ciudadanía. Entre ellos el primer presidente del Consejo de la Magistratura. Fue emotivo ver a estos señores y señora, muchos ya mayores, tomarse el tiempo para cumplir esta función y contribuir a devolvernos la confianza. A principios de marzo este Tribunal debe realizar dictámenes no vinculantes sobre los candidatos y presentarlos al Consejo.
Los esfuerzos que se implementaron en este proceso de selección son importantes. Tendremos que ver la terna que el Consejo presente, pero estamos confiados considerando las pruebas de voluntad política por producir cambios en una sociedad lastimada por falta de Justicia. La palabra final la tendrá el Senado. Ojalá sus miembros estén a la altura de las circunstancias.
*Fátima Andrada Pasmor es abogada paraguaya. Directora del Componente de “Fortalecimiento Institucional” del Programa de Democracia y Gobernabilidad del Centro de Estudios Ambientales y Sociales, CEAMSO financiado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, USAID. fandrada@ceamso.org.py
[1] The Global Competitiveness Report 2013-2014 vinculado al World Economic Forum ubica a Paraguay en el acápite de “independencia judicial” como el segundo país peor posicionado en America Latina, después de Venezuela, y en el lugar 146 de 148 a nivel mundial. Ver http://www3.weforum.org/docs/WEF_GlobalCompetitivenessReport_2013-14.pdf Consulta: 27 de febrero de 2015.
[2] http://www.abc.com.py/edicion-impresa/editorial/vigilar-la-seleccion-de-ministros-de-la-corte-1336551.html Consulta: 22 de febrero de 2015.
[3] http://www.abc.com.py/nacionales/renuncia-victor-nunez-1304754.html Consulta: 22 de febrero de 2015.
[4] Constitución de la Republica del Paraguay. “SECCION III. Del Consejo de la Magistratura (…) Articulo 264. De los deberes y atribuciones: Son deberes y atribuciones del Consejo de la Magistratura: 1. Proponer las ternas de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en la idoneidad, con consideración de meritos y aptitudes, y elevarlas a la Cámara de Senadores para que los designe, con acuerdo del Poder Ejecutivo…”