El caso de Guatemala en la OEA

Francisco Villagrán de León*

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El Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) conoció la situación política de Guatemala el 19 julio, cuando se presentó el informe preliminar de la Misión de Observación Electoral (MOE). Ese informe realizó una evaluación objetiva sobre el desarrollo del proceso electoral, con señalamientos claros y precisos sobre las anomalías que se observaron después del escrutinio. Estas incluyeron la revisión de las actas con los resultados de las elecciones, así como una serie de acciones legales tendientes a descalificar el proceso mismo y eliminar al candidato del Movimiento Semilla, Bernardo Arévalo, de la segunda ronda del 20 de agosto. 

Posteriormente, a solicitud de Antigua y Barbuda, Canadá, Colombia, Chile y Estados Unidos, el 26 de julio se llevó a cabo una sesión especial del Consejo para examinar los acontecimientos en Guatemala después de las elecciones del 25 de junio. Entre los mismos, se evidenció la interferencia de distintas instituciones en la fase poselectoral a través de acciones que anticipaban un conflicto mayor y un serio peligro para mantener la transparencia del balotaje y la realización misma de segunda ronda de votaciones.

En esa sesión del 26 de julio, el Secretario General, Luis Almagro, informó al Consejo que iría a Guatemala en los siguientes días atendiendo una invitación del gobierno, lo que puso de manifiesto la gravedad de la situación política en el país. Estuvo en el país del 31 de julio al 4 de agosto; se reunió con autoridades de gobierno, del Tribunal Supremo Electoral (TSE), con los dos candidatos que participarían en la segunda ronda de elecciones el 20 de agosto y con representantes de la sociedad civil.

En la últimas seis semanas se han llevado a cabo una serie de acciones judiciales –algunas de las cuales fueron de orden penal– que han sido promovidas por el Ministerio Público (MP) en contra del TSE y del partido Movimiento Semilla. Esto es algo inusual e ilegal, ya que contraviene la Ley Electoral y de Partidos Políticos. Dicha ley, que tiene rango constitucional, establece que el TSE es la máxima autoridad en materia electoral, que es independiente y no está supeditado a ningún organismo del Estado. 

Este enfrentamiento entre instituciones del Estado ha llevado a una intervención de la Corte de Constitucionalidad y ha generado una crisis política e institucional más intensa, que afecta de forma grave la segunda ronda de elecciones.

Además de los hechos mencionados anteriormente, un juzgado penal decretó la suspensión provisional del partido Movimiento Semilla, algo que está expresamente prohibido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos: “No podrá suspenderse un partido después de la convocatoria a una elección y hasta que esta se haya celebrado” (artículo 92). La Corte de Constitucionalidad dejó sin efecto esa suspensión temporal y el Movimiento Semilla ha presentado recursos de apelación y amparo contra esa resolución judicial, los cuales aún no han sido resueltos.

Esta crisis política e institucional constituye una alteración del orden democrático y debe ser examinada por el Consejo Permanente en el marco del artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana:

“En caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente”.

Asimismo, la reciente visita del Secretario General, atendiendo una invitación del gobierno, debería considerarse como parte de una primera evaluación de la situación en el país, bajo el artículo 18 de la Carta:

“Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General o el Consejo Permanente podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación”.

La crisis se agrava día a día con nuevas acciones judiciales del MP que buscan debilitar el sistema electoral en su conjunto e intimidar a sus autoridades y a sus actores a todos los niveles, incluyendo los miembros de las Juntas Receptoras de Votos en todo el país, así como a los digitadores que ingresan los resultados en el sistema informático del TSE. El MP, institución del Estado responsable de la investigación y persecución penal, se ha arrogado la facultad –que no tiene– para minar a la autoridad electoral y de esa manera busca debilitar su papel como ente rector. Los demás organismos del Estado –el Ejecutivo, el Congreso y la Corte Suprema de Justicia– permanecen en un silencio deliberado, esperando el desmoronamiento del proceso electoral.

Ante esa situación, es necesario un mensaje contundente del Consejo Permanente de la OEA a través de una resolución que contenga una manifestación de apoyo al TSE, una condena de las acciones judiciales en su contra y en contra del partido que recibió los votos necesarios para participar en una segunda ronda para elegir presidente y vicepresidente, así como una advertencia clara de la inminente decisión del Consejo de activar todos los mecanismos previstos en los artículos 20 y 21 de la Carta Democrática sobre la defensa y preservación de la democracia. La situación que se está viviendo en Guatemala lo requiere.

Además de lo anterior, el Consejo Permanente debería pedir al Secretario General que designe una misión especial de acompañamiento del proceso de transición hasta que el presidente que resulte electo asuma sus funciones el 14 de enero de 2024, siempre y cuando esa elección haya sido libre, transparente y esté debidamente reconocida como tal por la MOE/OEA. Esto es necesario para asegurar una verificación internacional de ese proceso y un apoyo al gobierno electo. El mandato y la naturaleza de esa misión de acompañamiento deberían ser diferentes al que ha tenido la MOE/OEA, cuya función concluye una vez haya sido formalmente certificado el resultado de las elecciones del 20 de agosto. 


* Francisco Villagrán de León es exembajador de Guatemala ante Estados Unidos, la ONU y la OEA.

Imagen de portada: Agencia Guatemalteca de Noticias vía twitter (@agn_noticias)

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