El engañoso camino de elegir a los jueces

Luis Pásara

El presidente López Obrador acaba de proponer que se modifique la Constitución a fin de que los ministros de la Suprema Corte y otros altos cargos del Poder Judicial sean elegidos popularmente. A primera vista es una propuesta atractiva porque se justifica en nombre de la voluntad popular, que es el núcleo de un régimen democrático. Pero que solo unos pocos países en el mundo elijan a los jueces, y que en América Latina se cuente con una experiencia más bien lamentable, debe servir para pensar dos veces en las consecuencias de adoptar tal propuesta.

Quienes propugnan la elección popular de los jueces ofrecen como argumento que el único poder que no surge de las urnas es el poder judicial y, según ellos, esto vendría a ser una anomalía. Los teóricos de la democracia consideran precisamente lo contrario. Es decir que, como el poder legislativo y el poder ejecutivo están sujetos al zigzagueo de los pareceres ciudadanos —por definición, circunstanciales—, se requiere un poder que sirva de contrapeso, no como oposición política sino como espacio en el que las decisiones sean sopesadas y razonadas, sin atenerse a los cambiantes resultados de las urnas.

Por supuesto que, como el caso de López Obrador y Morena ilustra, los políticos de turno tienden a ver como un obstáculo algunas decisiones de la justicia; en particular, aquellas que marcan límites al arbitrio en el ejercicio del poder. AMLO no es el primer gobernante que arremete contra un poder judicial. En algunos otros casos —como el de Alberto Fujimori en Perú— se ha pasado directamente a la intervención en el sistema de justicia, a fin de hacerlo dócil a los designios de la casa de gobierno.

Experiencias de las cuales aprender


Bolivia es el único país en el mundo donde, a partir de 2011, se elige mediante votación ciudadana a los integrantes de los más altos tribunales de justicia y a los miembros de la entidad rectora que tiene a su cargo la carrera judicial. En varios otros países se elige a los jueces de paz o de nivel equivalente; es el caso de Perú, Colombia, Venezuela y de algunos municipios franceses. Y Japón es el único país del mundo en el que el pueblo vota, ratificando o rechazando, las designaciones de los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En Estados Unidos y en Suiza se elige a los jueces, pero no a las autoridades judiciales del nivel más alto:  ningún juez federal es elegido popularmente. Se ha dado atención a las elecciones judiciales estadounidenses que se realizan en la mayor parte de los estados y los varios estudios disponibles sobre su funcionamiento tienen dos conclusiones principales: una es que, en realidad, no hay mayor diferencia entre los jueces elegidos y los designados por otra vía; la otra—a la que debe atenderse en América Latina— se refiere al carácter partidario de las candidaturas y de las elecciones judiciales. Sin duda, en nuestro caso importa mirar de cerca la experiencia boliviana en la elección de las más altas instancias judiciales —Consejo de la Magistratura, Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia y Tribunal Agroambiental— que ya ha pasado por dos convocatorias[1] y se apresta a la tercera.

En general, puede decirse que la experiencia ha sido un fracaso. La evidencia más contundente se refiere, precisamente, al presunto carácter democrático de la elección popular de autoridades judiciales: la suma de votos en blanco y viciados fue mayoritaria en 2011 e, incrementándose, se acercó a los dos tercios seis años después. Como la normativa no exigía —y permanece así— que el elegido obtenga un porcentaje mínimo de votos, sus señorías llegaron a los cargos “de acuerdo a ley”.

El segundo aspecto crítico de esta experiencia reside en su politización, que se origina en la normativa que atribuye a una instancia política—la Asamblea Legislativa Plurinacional—la designación de los candidatos. Como resultado, en 2017 quince de los 26 elegidos para cargos en el Consejo de la Magistratura, el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Agroambiental, desempeñaron “cargos de confianza” durante el gobierno en ese momento presidido por Evo Morales; dos de ellos habían sido viceministros.

Un somero análisis de algunas decisiones judiciales de las instancias más altas prueba los resultados de la politización a la que la elección popular abrió paso. Baste recordar la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional que en 2017  “interpretó” la normativa existente de modo tal que Evo Morales quedó facultado para postular a un periodo adicional, luego de doce años de gobierno. Esa decisión fue anunciada cuatro días antes de la segunda elección judicial y de ella provino la crisis política que llevó a la interrupción democrática producida en 2019.

A más de ello, en un trazo grueso puede afirmarse que poco ha cambiado la justicia boliviana, plagada de carencias y limitaciones, en los doce años transcurridos desde que se ofreció a la ciudadanía la posibilidad de elegir a sus jueces. Pero, sin duda, los objetivos de los actores políticos se han visto satisfechos al contar con unas altas cortes dóciles.

¿Es eso lo que persiguen López Obrador y su partido para México? Si las próximas elecciones permiten a este sector contar con una mayoría con la cual pueda cambiar la Constitución para introducir la elección popular de las cúpulas judiciales, este país probablemente será junto a Bolivia el segundo en América Latina en ver seriamente comprometida de esta manera la independencia de sus jueces.


*Sénior Fellow de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF).

Fotografía: Mexico’s Supreme Court Chief Justice Norma Piña, center, attends the commemoration of Judge Day with fellow judges at the Supreme Court in Mexico City, Monday, March 6, 2023. (AP Photo/Fernando Llano)

[1] Acerca de la primera elección, realizada en 2011, puede consultarse el informe publicado por DPLF: https://www.dplf.org/sites/default/files/informe_bolivia_web2.pdf Luego de la segunda elección, en 2017, se publicó un nuevo informe: https://www.dplf.org/sites/default/files/elecciones_judiciales_en_bolivia_june20.pdf

Acerca de Justicia en las Américas

Este es un espacio de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés) en el que también colaboran las personas y organizaciones comprometidas con la vigencia de los derechos humanos en el continente americano. Aquí encontrará información y análisis sobre los principales debates y sucesos relacionados con la promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos, la independencia judicial y el fortalecimiento de la democracia en América Latina. Este blog refleja las opiniones personales de los autores en sus capacidades individuales. Las publicaciones no representan necesariamente a las posiciones institucionales de DPLF o los integrantes de su junta directiva. / This blog is managed by the Due Process of Law Foundation (DPLF) and contains content written by people and organizations that are committed to the protection of human rights in Latin America. This space provides information and analysis on current debates and events regarding the rule of law, human rights, judicial independence, and the strengthening of democracy in the region. The blog reflects the personal views of the individual authors, in their individual capacities. Blog posts do not necessarily represent the institutional positions of DPLF or its board.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s