CESPAD*
¿Cómo avanzan los casos de corrupción que dejó la MACCIH ante los tribunales de justicia de Honduras? ¿Qué tanto han afectado las reformas a algunas leyes que aprobaron las y los diputados del Congreso Nacional? Un breve y preocupante panorama evidencia que el “blindaje” a las redes de corrupción sí ha funcionado en este país centroamericano.
Para analizar el tema, el caso de corrupción conocido como “Red de Diputados” se vuelve emblemático. En diciembre del 2017, el binomio conformado por la Misión de Apoyo contra la Corrupción e Impunidad (MACCIH), y la Unidad Fiscal Especial contra la Impunidad de la Corrupción (UFECIC, hoy llamada UFERCO), presentó este caso, dando inicio a una acción penal contra cinco diputados y diputadas del Congreso Nacional coludidos con tres miembros de una ONG denominada Asociación Nacional de Productores e Industrias de Barrios y Colonias de Honduras (ANPIBCH), a través de la que se apropiaron ilegalmente de fondos públicos que estaban destinados a proyectos sociales.
Sin embargo, y en una maniobra inesperada, las diputadas y diputados del Congreso Nacional evitaron el avance de esa investigación que evidenciaría la extensión e inclusión de más congresistas en actos de corrupción similares. Fue así que el Congreso aprobó una reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto, el 20 de enero del 2018, en la que se estableció que “mientras se esté realizando una auditoría no procederá ninguna acción judicial para reclamar ningún tipo de responsabilidad, sea administrativa, civil o penal del funcionario involucrado”. Desde entonces se le impide a la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), realizar acciones judiciales por actos administrativos, civiles o penales contra funcionarios, diputados y ONGs, mientras el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) no realice y concluya la auditoría de estos fondos.
Las reformas legales y el blindaje
La anterior es apenas una de varias reformas legales que desde el Congreso Nacional han aprobado para sacudirse la investigación directa de la UFERCO. Las siguientes son algunas de las leyes que han sufrido reformas, como parte del blindaje que los legisladores hondureños implementaron y que, de acuerdo con entendidos en la materia, han conformado los llamados “pactos de impunidad”:
- Nuevo Código Penal (Decreto 130-2017) que reduce las penas por los delitos de malversación de los recursos públicos (Titulo XXVII: Delitos contra la administración pública, en su capítulo I).
Se sometió a “reconsideración” el acta por medio de la que se aprobaron los delitos relacionados con la protección de la Administración Pública y sus penas (delitos de corrupción), con el objetivo de “rectificarla” y, a través de ese mecanismo destinado a corregir errores tipográficos o formales, se procedió a reducir sustancialmente las sanciones que habían sido discutidas y decididas por el pleno del Congreso, violando lo dispuesto en el Art. 61 de la Ley Orgánica del órgano legislativo, la que no permite que mediante la “rectificación” de un acta se cambie el fondo de lo ya aprobado. Por lo tanto, se impulsó una modificación ilegal sin que incluso el diputado que propuso esa “rectificación” justificara la razón por la cual debían reducirse las penas. Igualmente, al momento de someterse esta reconsideración a votación, algunos diputados pidieron la palabra para decir que eso no procedía, pero sus voces fueron ignoradas y finalmente la rebaja fue aprobada irregularmente.
Además, se rebajaron las penas asignadas en el nuevo Código Penal a los delitos de (a) malversación de caudales públicos, (b) fraudes y exacciones ilegales, (c) enriquecimiento ilícito, (d) negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y abuso en el ejercicio de la función, (e) tráfico de influencias, (f) abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios y (g) prevaricato administrativo. Ahora tienen penas menores que las que tenían en el Código Penal de 1983, a pesar de que la corrupción en Honduras se ha incrementado. Sólo el delito de cohecho, tiene un leve aumento en la pena asignada.
A manera de ejemplo, en el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios, se elimina la pena de prisión que indicaba la normativa anterior (de 3 a 6 años) a la que se le agregaba la sanción de inhabilitación especial por el doble del tiempo que dure la reclusión. En su lugar, se sustituyó por la pena de inhabilitación especial para el cargo público o empleo.
En el delito de malversación de caudales públicos la reducción es drástica: la pena se rebaja en dos terceras partes; y para el delito de fraude en subvenciones o ayudas, la nueva norma exime de responsabilidad penal al autor del delito si devuelve de los valores sobre los cuales se cometió la infracción. En suma: un mensaje claro a favor de la impunidad.
- Reforma de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, mediante adición al artículo 10 (Decreto Legislativo No. 117-2019). Esta reforma restablece, en la práctica, la inmunidad parlamentaria, y blinda a los diputados y diputadas por las acciones que realicen desde su función legislativa.
La medida protege a los parlamentarios de futuros requerimientos durante sus funciones legislativas, dándoles la seguridad de que su conducta no tendría consecuencias. El “blindaje” legislativo incluye los procesos de elaboración, lectura, discusión, aprobación, y firma de proyectos de ley, dictámenes, decretos, así como actas y sus respectivas reconsideraciones.
- Ley Especial para la Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitarios y Programas Sociales (Decreto Legislativo No. 116-2019). Con esta ley, se ha bloqueado la acción penal inmediata en su contra diputados, funcionarios públicos, alcaldes/as, fundaciones y organizaciones no gubernamentales que hayan ejecutado fondos públicos asignados por el Congreso Nacional.
Esto dificulta las investigaciones por malversación de fondos relacionadas con el bienestar social, es decir, las ayudas que el Estado proporciona para los más necesitados. Entre otras cosas, la ley introduce nuevos mecanismos que podrían retrasar hasta en siete años el inicio de las investigaciones por parte de la Fiscalía.
- Reformas a la Ley del Tribunal Superior de Cuentas (Decreto Legislativo no. 145-2019). Estas reformas evitan la acción penal de la fiscalía en contra de los funcionarios públicos de las diferentes dependencias estatales, siendo reemplazada por las figuras del “control del desempeño” (control financiero, control de desempeño y resultados, y, auditoría de desempeño) bajo la “protección” de los auditores internos subordinados al Tribunal Superior de Cuentas.
Este es un blindaje más, pues ley le otorga facultades a una entidad que no tiene capacidad para investigar grandes casos de corrupción, limitando a la fiscalía.
Todas estas reformas, lejos de facilitar el trabajo de la UFERCO ante los tribunales de justicia, lo obstaculizan. Hay un manifiesto retraso en la tramitación de los casos desde el Poder Judicial, incluso para responder a los pedidos y recursos que la fiscalía interpone. En algunos casos ya vencieron los plazos que establece la ley, mientras, otros llevan casi dos años sin respuesta alguna. El objetivo es alargar los procesos y beneficiar a determinados imputados. Inclusive, algunos casos se han archivado.
El retraso en la impartición de la justicia favorece la impunidad, frena los casos y fomenta el activismo de la defensa privada para utilizar todas las argucias legales posibles, argumentando “que los tribunales no tienen jurisdicción para atender los casos”, que “el TSC debe ser la autoridad que resuelva”; presentando recursos ante del mismo tribunal o “más arriba”; simulando falsas renuncias de la defensa en momentos clave, para generar que el tribunal espere a que los nuevos abogados se presenten (los que suelen formar parte del mismo bufete de abogados. Esta estrategia fraudulenta implica un retraso evidente: se debe esperar que el tribunal envié una notificación a las partes, saque copias de todo el expediente, se conceda un tiempo para que el “nuevo” defensor conozca el proceso, etc.; como lo ha denunciado el informe presentado de Veeduría Social al Circuito en materia de corrupción.
El Congreso Nacional niega información
Recientemente la UFERCO, para dar seguimiento a las líneas de investigación que tiene en curso ante los juzgados del país, solicitó al Secretario del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, información referente a las actividades de algunos de los legisladores. Sin embargo, Zambrano, amparándose en las reformas que hicieron a la Ley General de Presupuesto, negó la información a los agentes y fiscales.
Penetrar en la investigación de figuras reconocidas y de funcionarios que abusando de sus cargos malversaron fondos públicos, es casi imposible. Con esas limitaciones se encuentra la UFERCO para investigar la mala administración de los recursos públicos, fondos de proyectos, ayudas sociales y otros recursos.
“Solo en Honduras se le quitan facultades al Ministerio Público. Con las reformas de leyes, ahora la fiscalía debe solicitar por escrito y de manera sustentada la documentación, cuando tiene todas las facultades para investigar e incautar documentos. Pero aquí hay que pedir por favor que entreguen las pruebas para investigarlos”, sostuvo Gabriela Blen, directora ejecutiva de la Organización Ayudamos a Honduras (OAM).
Otro ejemplo de los obstáculos que enfrenta la UFERCO, es la investigación que realiza a la Alcaldía Metropolitana del Distrito Central (AMDC), la cual se negó a entregar información relacionada con algunos regidores. “Nos dicen que debemos, primero, manifestar para qué ocupamos la información y, si es pertinente, pueden analizar si la dan o no”, afirmó uno de los agentes investigadores.
El retardo en los casos
Caso Pandora
En junio de 2018, la UFECIC con el apoyo de la MACCIH, presentó el Caso Pandora formulando acusación contra 38 implicados, entre diputados, funcionarios públicos y particulares, por el desvío de fondos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) que estaban destinados a la ejecución de proyectos sociales. En la acusación figuran, seis diputados y cuatro exdiputados de cuatro partidos políticos: Nacional, Liberal, Unificación Democrática (UD) y el Frente Amplio, así como el exalcalde de Yoro, el exministro de Agricultura y Ganadería, ex ministro de Finanzas, gobernadores políticos, Director del Instituto Nacional Agrario (INA), funcionarios de Casa Presidencial, del Comité del Partido Nacional y empresarios de la aviación en Honduras, entre otros.
El 12 de octubre del 2020, la UFERCO presentó ante la Sala Constitucional un recurso de amparo contra una decisión emitida por la Corte de Apelaciones, que dispuso finalizar la causa contra 22 de los acusados, la mayoría diputados y exdiputados. En este amparo, la UFERCO sostuvo que la Corte había actuado irregularmente, al modificar el procedimiento aplicable al juicio oral, promoviendo la impunidad de la corrupción. El amparo incluyó un pedido para que se suspendieran provisionalmente los efectos de la sentencia. Según la ley, la Corte Suprema de Justicia debía resolver dentro de las 24 horas siguientes; sin embargo, han pasado más de tres meses y un no se ha notificado una resolución en este caso.
Caso Arca Abierta
Arca Abierta es un caso que documenta el supuesto desvío de más de 21 millones de lempiras, a través de la Organización No Gubernamental (ONG) Planeta Verde. En el caso se vincula a Casa Presidencial, al Congreso Nacional y la Secretaría de Finanzas del país. Por este caso fueron procesados los diputados Milton Puerto, Gladys Aurora López, Welsy Vásquez, Gustavo Pérez y los exdiputados Fabricio Puerto y José Alejandro Flores, así como los señores Geovanny Deras, Allan San Martín y Gregorio González. Fueron librados de responsabilidad penal Óscar Álvarez, Audelia Rodríguez, Juan Carlos Valenzuela, Carlos Bonilla y Hernán Vindel.
El caso permaneció paralizado casi 11 meses, desde febrero del 2019, cuando la UFECIC presentó un recurso de amparo. El 09 de enero del 2021, la Sala de lo Constitucional admitió el recurso, que consiste en un video y un audio que no fueron admitidos por el juez Reynaldo Hernández como prueba en la audiencia inicial, por considerar que eran ilícitas. Ahora la prueba fue escuchada y vista por el juez, quien seguidamente declaró que esa prueba era inútil para el proceso.
Caso Caja Chica del Hermano
Este fue uno de los últimos casos presentados por la UFECIC con el apoyo de la MACCIH, que implicó a Ramón Lobo -hermano del expresidente Porfirio Lobo Sosa- y a Wilfredo Cerrato, ex Ministro de Finanzas. En este caso, la Corte de Apelaciones revocó el “auto de formal procesamiento” y ordenó de manera definitiva desistir de la acusación para ambos acusados. La UFECIC presentó un recurso de amparo el 18 de septiembre del 2019, argumentando que no hubo un razonamiento correcto y que se afectó el debido proceso. Desde entonces la Sala Constitucional no se ha pronunciado. Ya ha pasado un año sin resolución alguna.
Caso Caja Chica de la Dama
Transcurrieron siete meses desde que la Corte de Apelaciones declaró improcedente el recurso de reposición presentado por los jueces de la Primera y Segunda Sala del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional en materia penal. El Tribunal debe dar paso al Juicio Oral y Público, luego que la Sala Penal de la Corte Suprema ratificó la designación hecha por la Corte de Apelaciones. Pero esa acción sigue en suspenso.
Se desconoce si se establecerá fecha para la repetición del juicio oral y público, y mientras el tiempo transcurre, Rosa Elena Bonilla, ex primera Dama de Honduras, cumple ocho meses de esperar en libertad la repetición de su juicio y, junto a ella, su asistente Saúl Escobar.
Caso Fraude sobre el Gualcarque
Este caso fue iniciado contra 16 funcionarios públicos que incurrieron en actos de corrupción con el fin de otorgar, de forma fraudulenta, la concesión del Río Gualcarque, para la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Agua Zarca, por el cual fue asesinada la lideresa indígena y ambientalista Berta Cáceres. El 17 de diciembre del 2020, la Sala de lo Constitucional otorgó un amparo, dejando en libertad a 10 de los 16 imputados.
El inicio de juicio oral y público de este caso debía realizarse el 18 de enero del 2021. Sin embargo, el Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción lo reprogramó y ahora está previsto para el próximo 8 de marzo. Se alegó que los abogados de la defensa tenían planificada una capacitación fuera del país y por eso se retrasó el proceso judicial.
Antejuicio al Alcalde del Distrito Central
El 13 de noviembre de 2020, la Corte de Apelaciones en materia de Corrupción resolvió favorablemente el proceso de antejuicio, permitiendo que la UFERCO presente requerimiento fiscal contra el actual alcalde de Tegucigalpa, Nasry Asfura. Sin embargo, la interposición de recursos de reposición como un recurso de amparo contra esta decisión, retardarán la acción penal contra el alcalde y la regidora Nilvia Castillo. El caso sigue diluyéndose en el tiempo y hasta que se agoten los recursos de la defensa de los dos acusados, se tendrá certeza si procederá o no la acusación formal.
Impunidad
Todas las dilaciones y entorpecimientos en los procesos judiciales han dejado una estela de impunidad. Existe un notable abuso de recursos para demorar y obstruir los procesos judiciales, valiéndose de facultades procesales (como recusaciones, amparos, etc.) que son improcedentes. “Los jueces deben utilizar las herramientas que están a su alcance para impedir que esos actos cumplan con el objetivo que se proponen (evitar que avance el proceso)”, señala el informe de Veeduría citado anteriormente.
“Los corruptos saben que se les persigue y se preparan con toda la artillería posible para evadir la justicia. Tienen todo, su cuerpo de abogados que coincidentemente, son los mismos defendiendo a las redes que desde el Poder han montado una estructura para drenar los recursos del Estado”, dice al respecto Ramón Barrios, exjuez en materia penal.
“No hay independencia, no hay separación de poderes. Desde arriba viene todo y es difícil que se pueda originar un cambio. Lo que sí podemos es presionar para que esa institucionalidad se vea acorralada”, agrega, a manera de conclusión del tema.
*Esta es una publicación que forma parte del proyecto del CESPAD: “Veeduría ciudadana anti-corrupción y el legado de la MACCIH”, apoyado por Abogados Sin Frontera-Canadá (ASFC), sin embargo, las ideas aquí expresadas son responsabilidad exclusiva del CESPAD.
Foto: AP Photo/Fernando Antonio