La epidemia de la corrupción en el sistema de justicia guatemalteco

Claudia Escobar Mejía*

En medio de la crisis del coronavirus algunos países se enfrentan también a una epidemia en el sistema de justicia. Los grupos criminales aprovechan la situación para fomentar la corrupción y garantizar la impunidad de sus fechorías. Uno de los riesgos más probables es que la pandemia sea utilizada por los ladrones de cuello blanco y por los políticos corruptos para apropiarse del dinero destinado a la ayuda humanitaria y así enriquecer sus bolsillos.  Por esta y otras razones a los criminales les interesa controlar la justicia.

En Guatemala, la falta de credibilidad en el sistema de justicia es cada vez más aguda, pues existen evidencias que las cortes han sido cooptadas por el crimen organizado, el narcotráfico y las redes de corrupción.  Por décadas el proceso de elección de las más altas autoridades en el sistema de justicia ha estado plagado de ilegalidades, lo cual ha debilitado a las instituciones que lo conforman.[1]

El inicio de la epidemidel COVID-19 coincidió con uno de los mayores escándalos de injerencia en la justicia por parte de grupos criminales.  A mediados de febrero de este año salió a luz una investigación realizada por el Ministerio Público en la que un poderoso político, conocido por haberse vuelto millonario a costillas del erario público, estando en prisión preventiva debido a 5 imputaciones por distintos casos de corrupción,  logró que una jueza le otorgara una medida para recluirse en un hospital privado, desde donde aprovechó para manipular la elección de magistrados de altas cortes.

En el hospital que le sirvió de fachada, Gustavo Alejos -exsecretario privado del presidente de Álvaro Colom- montó un centro de operaciones para reunirse con diputados, comisionados y aspirantes a magistrados. Quienes acudían a las reuniones con Alejos eran recibidos con delicadas viandas y finos licores en un área con un bar totalmente equipado para estas reuniones.

No se puede olvidar que en los últimos años en Guatemala se han librado importantes batallas contra la corrupción. Con el apoyo de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), el Ministerio Público logró investigar y procesar a funcionarios públicos en todos los poderes del Estado, incluyendo a 2 presidentes, múltiples ministros de estado, congresistas, magistrados, etc. Muchos de ellos compartían prisión junto a Gustavo Alejos y probablemente respaldan su gestión como operador político para incidir en la elección de las cortes.

Como consecuencia de esta investigación, conocida como “Comisiones Paralelas 2020”, el 24 de febrero pasado, el Ministerio Público solicitó un amparo contra la elección de magistrados de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones para el período 2019 -2024. Acogiendo el pedido de amparo provisional, la Corte de Constitucionalidad suspendió -por tercera vez- el proceso de elección; un proceso iniciado en junio de 2019, que hasta la fecha no ha concluido debido a distintas anomalías.

En Guatemala, cada 5 años, todos los cargos de las más altas cortes son renovados. El Congreso elige a 13 magistrados para la Corte Suprema de Justicia y casi 150 juzgadores para las Salas de Apelación de todo el país. Los requisitos formales exigidos por la Constitución para acceder a estos puestos son mínimos: cualquier abogado con 5 años de experiencia profesional puede ser magistrado de apelaciones y para magistrado supremo se requieren 10 años de experiencia y otras condiciones básicas que la ley establece.  Aunque constitucionalmente se reconoce la carrera judicial, los políticos -reunidos en el Congreso- conservan el derecho de nombrar a los integrantes de las altas jerarquías de la justicia, y de esa forma, inciden sobre ellas.

El proceso de elección es bastante complejo. Primero, se conforman dos Comisiones de Postulación; una para elegir a los integrantes de la Corte Suprema y otra para las Salas de Apelaciones. Las comisiones están integradas por tres grupos: (i) magistrados/as, (ii) decanos/as de derecho y (iii) representantes del Colegio de Abogados, electos/as en votación por todos los agremiados. Según lo determina la Ley de Comisiones de Postulación, estos cuerpos establecen el perfil del candidato/a, y aprueban un mecanismo de evaluación y una tabla de gradación.  Esto genera que muchas veces se señalen requisitos innecesarios para el cumplimiento de la función judicial, o que se privilegie un perfil distinto al de los juzgadores de carrera, que privilegia el ingreso de personas externas a la judicatura.

Luego, los/as aspirantes presentan su solicitud, acompañada de los documentos exigidos. Después, se publica una lista de los interesados en los medios de comunicación y se abre una etapa para que la población se pronuncie, momento en que se pueden presentar tachas u objeciones. Los/as aspirantes objetados pueden presentar pruebas de descargo. A continuación, las Comisiones estudian las tachas y si son procedentes, descartan a los aspirantes o rechazan la objeción presentada. Posteriormente, proceden a evaluar a los interesados, asignan una nota a cada expediente y hacen una lista con los nombres de aquellos que hayan obtenido la mayoría de los votos.  Por último, remiten al Congreso una nómina con del doble de candidatos/as por cada puesto vacante.

Este mecanismo de elección, establecido en la Constitución desde 1993, en lugar de elevar la calidad de los elegidos, provocó que se politizaran las universidades y el gremio de abogados. Además, el crimen organizado y otros grupos de interés, interesados en controlar la justicia, han ido diseñando distintas estrategias para influir en la elección.

Volviendo al amparo presentado por la Fiscal General, éste denuncia -como hecho reclamado- la amenaza de que el Congreso elija magistrados para el periodo 2019-2024, que no reúnan los requisitos de capacidad, idoneidad y honradez establecidos en la Constitución. También invoca la violación de la independencia judicial y los principios jurídicos de legalidad, seguridad y certeza jurídica. Argumenta la Fiscal que: “[L]as nóminas remitidas por las Comisiones de Postulación han sido manipuladas e influenciadas por personas que se encuentran perseguidas penalmente, lo que denota que hubo cooptación por parte de determinados grupos para ejercer influencia en la elección de varios candidatos que participaron y que, posteriormente, fueron incluidos en las nóminas respectivas.” Directamente señala que: “existe interés, por parte del señor Gustavo Alejos, para manipular el proceso de elección de magistrados(…)

Después de analizar el caso, la  Corte de Constitucionalidad emitió sentencia el 6 de mayo de 2020, en la cual consideró que, si bien durante el proceso de selección de magistrados es a las Comisiones a quienes corresponde -en un primer momento- calificar los requisitos de idoneidad y honradez, el Congreso de la República -en un segundo estadio del procedimiento- también debe realizar un análisis de las cualidades de las personas aspirantes al cargo, de forma que la elección garantice la independencia en la administración de justicia.

El Tribunal indicó que la ciudadanía tiene derecho a que el Poder Judicial sea dirigido por autoridades que actúen de forma objetiva, imparcial e independiente. Además, reconoció que el modelo establecido constitucionalmente para la elección de magistrados “se ha agotado”. Afirmó también que, para que independencia judicial se materialice, la conformación del Poder Judicial debe realizarse con base a los más altos estándares de probidad, idoneidad, honradez, responsabilidad, integridad y capacidad en el desempeño profesional.  A la vez indicó que es imperativo que quienes administran justicia estén abstraídos de cualquier injerencia para que el sistema de justicia sea verdaderamente independiente.

En la parte resolutiva de la sentencia, el máximo tribunal constitucional otorgó el amparo solicitado por la Fiscalía y ordenó: a) Que el Ministerio Público remita al Congreso, en un plazo de 10 días un informe circunstanciado sobre todos los/as candidatos/as que integran las nóminas que fueron enviadas al Congreso y su vinculación a procesos penales o investigaciones en curso; b) Que, recibido el informe, la Junta Directiva del Congreso lo ponga a disposición de todos los diputados en un plazo de 24 horas, para que estos puedan analizarlo exhaustivamente junto con los expedientes remitidos por las Comisiones, en un plazo de 20 días y determinen si existen circunstancias que pongan en duda la idoneidad y honorabilidad de los aspirantes; c) Que, al finalizar este plazo, la Junta Directiva convoque, en un plazo de 5 días, a una sesión plenaria para proceder  a la elección; d) Que la elección debe cumplir con los principios de transparencia y publicidad; e) Que los nombramientos deben obedecer a los ideales establecidos en la Constitución relativos a capacidad, idoneidad y honradez. Por último, la Corte exhortó al Congreso para que realice una reforma constitucional que viabilice un proceso de selección y nombramiento de magistrados en el que se pueda garantizar los ideales constitucionales señalados anteriormente. [2]

Aunque la Corte de Constitucionalidad haya otorgado la protección constitucional solicitada por la Fiscalía y haya señalado algunos lineamientos sobre la elección en el Congreso, hay dos situaciones que dificultan que este organismo pueda llevar a cabo una elección de magistrados que cumplan con los principios constitucionales y los estándares internacionales.

Primero, no es un secreto que narcotráfico y el crimen organizado internacional ya han infiltrado las instituciones guatemaltecas y el Congreso no es la excepción. Los principales líderes de los partidos más fuertes o con mayor representatividad en el Congreso están señalados en distintos casos de corrupción o se les vincula a redes de narcotráfico. Sandra Torres, la candidata a la presidencia en las últimas elecciones de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), está señalada en un caso de corrupción por financiamiento electoral ilícito. La UNE es precisamente, el partido político que permitió a Gustavo Alejos ocupar el cargo de secretario presidencial y en la investigación de “Comisiones Paralelas 2020” se estableció que varios de los diputados actuales se reunieron con él “en el hospital”. Por otro lado, el máximo líder del partido Unión del Cambio Nacional (UCN), que representa la tercera fuerza en el Congreso, y también candidato presidencial en 2018, fue condenado en los Estados Unidos por narcotráfico.[3]

Segundo, si el Tribunal Constitucional reconoce que el modelo de elección “está agotado”, entonces no es posible subsanar en el Congreso los errores que viene arrastrando el proceso.  Existen suficientes evidencias de injerencia por parte de distintos sectores, durante la etapa que se desarrolló ante las comisiones de postulación. La integración de las nóminas fue manipulada desde el inicio del proceso y el que un candidato/a no esté involucrado en un caso penal, no asegura su idoneidad ni su integridad, y tampoco implica que tenga las competencias para el desempeño de la judicatura. Los parámetros fijados por la Corte no son suficientes para garantizar la capacidad, idoneidad y honradez de los nominados.

Para garantizar que Guatemala siga siendo el paraíso de los delincuentes, con niveles de más del 90% de impunidad, los criminales necesitan controlar la justicia. Consentir que el Congreso lleve a cabo la elección de magistrados en este contexto, sin garantizar una evaluación objetiva y profunda de los/as candidatos/as, equivale a condenar al país a ser un Estado sin justicia, un total Estado Fallido, donde la ley queda en manos de los grupos criminales.

Bajo las circunstancias actuales, en las que se requiere que la justicia actué con total independencia e imparcialidad, es imperativo que quienes evalúan a los candidatos sean personas probas, exentas de cualquier sesgo político o intereses sectoriales. Por lo que sería necesario que el Congreso busque el apoyo de expertos/as juristas nacionales e internacionales capaces de llevar a cabo un verdadero proceso de evaluación a quienes integran las nominas de candidatos/as.

Existen ejemplos en otros países que cuando se han enfrentado a situaciones extraordinarias similares, han recurrido a la comunidad internacional para elección de sus cortes. En Ucrania se conformó un panel de expertos para acompañar la designación de jueces de las cortes anticorrupción. También, en Colombia los integrantes del Tribunal Especial de Paz fueron designados a través de un proceso en el que participaron juristas colombianos y extranjeros, quienes a su vez fueron nombrados por personalidades de prestigio internacional.

El Congreso tiene la facultad para nombrar asesores y establecer un mecanismo de veeduría internacional al proceso de elección de sus más altas cortes. Los organismos internacionales que velan por los derechos humanos tendrían que apoyar a Guatemala en el rescate de sus instituciones y brindar las herramientas que permitan establecer de forma objetiva quienes son los candidatos que cumplen con los más altos estándares internacionales para ser magistrados en las más altas cortes del país.

Confiar en la imparcialidad e independencia de los juzgadores es un requisito indispensable para que el sistema de justicia pueda operar con efectividad y en consecuencia resolver los graves problemas a los que nos enfrentamos en esta nueva era.

 

*Centennial Fellow Georgetown University, experta en temas de justicia y anticorrupción.

[1] En el año 2009 la Corte de Constitucionalidad anuló el proceso de elección de Fiscal General, obligando a repetirlo.  En año 2014, la CC se presentaron más de 70 impugnaciones en contra del proceso de elección de magistrados.

[2] Corte de Constitucionalidad de Guatemala. Sentencia de Amparo dictada el 6 de mayo 2020 dentro del expediente 1169-2020.

[3] En febrero de este año EE.UU. sentenció a 15 años de prisión a Mario Estrada, excandidato presidencial de Guatemala.
https://cnnespanol.cnn.com/2020/02/11/alerta-ee-uu-sentencian-a-15-anos-de-prision-a-mario-estrada-excandidato-a-presidente-de-guatemala/

Foto: Corte de Constitucionalidad

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