El Acuerdo Nacional por la Justicia (ANJ)

 

El acuerdo que –para funcionar- requiere algunos desacuerdos

David Lovatón Palacios

Profesor principal PUCP y consultor DPLF

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El pasado 2 de Noviembre se suscribió en el Perú el Acuerdo Nacional por la Justicia (ANJ), a iniciativa del Gobierno de Presidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK), quien asistió a la suscripción del mismo por parte de la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, el Presidente del Poder Judicial, el Fiscal de la Nación, el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y el Presidente de la Academia de la Magistratura (AMAG).

Sin duda es un gesto político importante que el país espera se traduzca en medidas concretas de reforma del sistema de justicia y de combate a la corrupción judicial. También fue una propuesta del plan de gobierno de PPK, cuyo primer lineamiento estratégico en materia de justicia planteó: “Tal como lo acaba de proponer Transparencia –antes lo hizo Justicia Viva–Instituto de Defensa Legal (IDL) y hace varios años lo recomendó la Comisión Especial para la Reforma Integral de la Administración de Justicia (CERIAJUS)– las instituciones que integran el sistema de justicia, los poderes del Estado, los partidos políticos y las organizaciones de la sociedad civil deben celebrar un acuerdo que asegure el desarrollo de una política de Estado en materia judicial...”

La gran pregunta en este tipo de iniciativas –que no son nuevas en el país- es ¿Qué hacer para que esta buena intención no quede sólo en eso? A continuación algunas ideas para que este nuevo ANJ no quede guardado en un cajón:

  1. Un pacto nacional para mejorar la justicia y combatir la corrupción, debe suponer desacuerdos –precisamente- con algunos sectores o autoridades que son parte del problema, sea porque se resisten al cambio, sea porque forman parte de redes de corrupción. Así, la instantánea de un auténtico pacto por la justicia no debería ser tomados de la mano con autoridades severamente cuestionadas, sino tomando distancia de éstas.
  2. Por ello, llama la atención que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y su Presidente, Guido Águila, formen parte y hasta hayan suscrito el ANJ. El CNM es hoy en día la institución más cuestionada del sistema de justicia y con serias denuncias de corrupción e irregularidades. El propio Plan de gobierno de PPK propuso una “profunda reforma” del CNM “para que cumpla, con eficiencia, transparencia y sin acusaciones o escándalos de corrupción, las potestades que la Constitución le ha encargado.” Para PPK era claro que el CNM es parte del problema, no de la solución.
  3. En cambio, ahora de la “profunda reforma” del CNM, el ANJ sólo plantea “Presentar al Congreso de la República un Proyecto de Ley que modifique la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura a fin de fortalecer el régimen de derechos, deberes y prohibiciones, el régimen de causales de vacancia y las causales de remoción de los consejeros.” Sin duda, un bajón en las expectativas ciudadanas que se tenían sobre lo que se debe hacer frente a un órgano tan importante pero tan desprestigiado como el CNM Por ejemplo, entre otros aspectos medulares, el anuncio obvia por completo un problema central: el actual sistema de elección de consejeros.
  4. Entendemos que la labor de la correcta Ministra de Justicia y Derechos Humanos no es necesariamente confrontar con las instituciones del sistema de justicia, menos aún en un contexto político de mayoría parlamentaria no sólo opositora sino fujimorista que, prevemos, no está interesada en mejorar una justicia independiente que, por el contrario, controló a su antojo en los noventas. Sin embargo, algunas batallas tendrá que librar si quiere lograr algunos cambios sustanciales en el sistema judicial.
  5. Por otro lado, en este tipo de pactos, es indispensable la participación de las organizaciones de sociedad civil, lamentablemente ausentes del reciente ANJ. Si bien el Decano del Colegio de Abogados de Lima participó en la ceremonia de suscripción del acuerdo, la sociedad civil ha sido excluida del mismo y ello nos parece un error. Las universidades y ONG que trabajan estos temas pueden realizar valiosos aportes especializados y de fiscalización ciudadana, para que este tipo de pactos pasen de las palabras a los hechos. Por lo demás, es la primera vez que un pacto por la justicia excluye a la sociedad civil.
  6. Finalmente, el ANJ también debería dar solución a la “permanente transitoriedad” a la que está sometida la Corte Suprema de Justicia, con “salas transitorias” que sin embargo llevan muchos años. Aquí debe darse un debate abierto con los jueces y juezas supremas sobre qué perfil de Corte Suprema conviene más al país: ¿una Corte que sea un faro de jurisprudencia (que fue lo que propuso Ceriajus), o una Corte que resuelva los desaguisados judiciales que algunas veces vienen de las Cortes Superiores?
  7. Al respecto, sólo para recordar, que el Plan de Gobierno de PPK planteó: “La Corte Suprema de Justicia es reformada para consolidar su rol rector dentro del sistema de justicia, redefiniendo sus funciones y reduciendo su carga procesal para favorecer su labor orientadora de la jurisprudencia, a través de precedentes vinculantes que contribuyan a la predictibilidad de la justicia.” Es decir, se apostó por el perfil de Corte-faro de jurisprudencia. Pero eso puede cambiar y ser dialogado con los supremos. Lo importante es que no se siga evadiendo más este debate y -así- seguir condenando al país –y al propio Poder Judicial- a una Corte suprema provisional.

Acerca de Justicia en las Américas

Este es un espacio de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés) en el que también colaboran las personas y organizaciones comprometidas con la vigencia de los derechos humanos en el continente americano. Aquí encontrará información y análisis sobre los principales debates y sucesos relacionados con la promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos, la independencia judicial y el fortalecimiento de la democracia en América Latina. Este blog refleja las opiniones personales de los autores en sus capacidades individuales. Las publicaciones no representan necesariamente a las posiciones institucionales de DPLF o los integrantes de su junta directiva. / This blog is managed by the Due Process of Law Foundation (DPLF) and contains content written by people and organizations that are committed to the protection of human rights in Latin America. This space provides information and analysis on current debates and events regarding the rule of law, human rights, judicial independence, and the strengthening of democracy in the region. The blog reflects the personal views of the individual authors, in their individual capacities. Blog posts do not necessarily represent the institutional positions of DPLF or its board.

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