Elecciones para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: una línea que los Estados no deben cruzar

English version

Christian DeVos y Liliana Gamboa*

Cuando los Estados de toda la región se reúnan la próxima semana para la celebración de la 49ª Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), asumirán una tarea de gran envergadura: tendrán que elegir a cuatro integrantes para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el principal órgano encargado de velar y proteger los derechos humanos en la región y que está compuesto por siete integrantes. ¿Cuál es el problema? Que, por primera vez en la historia reciente, no hay suficientes candidatos calificados para elegir.

La semana pasada, un panel independiente de reconocidos juristas y académicos de la comunidad de derechos humanos de la región (el cuarto de esta naturaleza que se ha convocado hasta el momento) publicó un informe de 90 páginas de cara a estas elecciones, en el cual se evalúa en detalle a cada uno de los cinco candidatos que se presentan. En dicho informe, el Panel concluye que sólo tres de ellos, la comisionada Esmeralda Arosemena (nominada por Panamá), la comisionada Margarette May Macaulay (nominada por Jamaica), y Julissa Mantilla Falcón (nominada por Perú) cumplían con los requisitos reglamentarios para la elección. Sin embargo, el panel llegó a la conclusión de que los otros dos candidatos, Everth Bustamante García (nominado por Colombia) y Edgar Stuardo Ralón Orellana (nominado por Guatemala), no lograban demostrar que tenían suficiente versación en materia de derechos humanos, ni cumplían con el requisito de Independencia (o apariencia de tenerla) para el trabajo. En particular, el panel expresó su preocupación por la integridad financiera de Ralón Orellana, dado que su bufete de abogados y una empresa de la que es accionista aparecen en la investigación periodística conocida como Panama Papers.

No era necesario llegar a esta situación. Durante años, los paneles de expertos anteriores y un creciente grupo de ONGs y asociaciones cívicas de toda la región han venido advirtiendo que la manera en que los estados nominan a sus candidatos o candidatas para servir como comisionados o jueces de derechos humanos es muy deficiente. Existe muy poca transparencia en el proceso, hay muy pocos candidatos para garantizar un proceso competitivo y demasiada negociación política para decidir al final quién gana. Ahora bien, dicho esto, confiábamos en que los candidatos electos al menos cumplían con un estándar mínimo para el servicio, especialmente cuando se cuenta con un organismo independiente y experto revisando sus calificaciones y antecedentes en función de los criterios reglamentarios. Este año, esa confianza está en riesgo.

¿Entonces, qué se puede hacer? Los estados tienen una obligación legal en virtud de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el estatuto de la Comisión de elegir a «personas de alta autoridad moral y de reconocida versación en material de derechos humanos». Ahora que el exhaustivo y rigurosamente documentado informe de panel es público, la conclusión es clara: no se puede considerar a los candidatos de Colombia y Guatemala como tales y, en consecuencia, debido a que no están calificados, los estados no deben elegirlos. De lo contrario, esto mancharía la reputación institucional de la Asamblea General de la OEA por muchos años.

Afortunadamente, existe una alternativa: los estados deberían sólo elegir a los tres candidatos calificados, dejar la cuarta papeleta en blanco y convocar a una elección especial. El artículo 11 del Estatuto de la Comisión establece la autoridad legal para este curso de acción ya que prevé que, “Al producirse una vacante que no se deba al vencimiento normal del mandato, el Presidente de la Comisión lo notificará inmediatamente al Secretario General de la Organización, quien a su vez lo llevará a conocimiento de los Estados miembros de la Organización”. Un número insuficiente de candidatos calificados para elegir es en efecto una «vacante” debido a una circunstancia excepcional (por muy evitable que sea), y el Artículo 11, por lo tanto, proporciona el remedio adecuado. Se deben, entonces, presentar nuevos candidatos (cuyas calificaciones también pueden ser evaluadas por el mismo panel independiente) y el Consejo Permanente de la OEA puede elegir de entre ellos a un candidato idóneo y calificado.

Al término de la Asamblea de la próxima semana, los miembros de la OEA no deben marcharse habiendo elegido a un comisionado no apto para el cargo, hacerlo debilitaría un pilar crítico del sistema de derechos humanos de la región. Como todas las instituciones legales internacionales, la legitimidad de la Comisión Interamericana depende de la independencia, la integridad y las calificaciones de sus miembros. Si se llena esta vacante por el simple hecho de tener que llenarla, se le hace un daño grave a la región, y a los derechos de sus habitantes. Instamos a los estados a usar es poder que tienen de manera inteligente y elegir solo a quienes están calificados.

*Christian DeVos y Liliana Gamboa son oficiales de incidencia en Open Society Justice Initiative.

Acerca de Justicia en las Américas

Este es un espacio de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés) en el que también colaboran las personas y organizaciones comprometidas con la vigencia de los derechos humanos en el continente americano. Aquí encontrará información y análisis sobre los principales debates y sucesos relacionados con la promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos, la independencia judicial y el fortalecimiento de la democracia en América Latina. Este blog refleja las opiniones personales de los autores en sus capacidades individuales. Las publicaciones no representan necesariamente a las posiciones institucionales de DPLF o los integrantes de su junta directiva. / This blog is managed by the Due Process of Law Foundation (DPLF) and contains content written by people and organizations that are committed to the protection of human rights in Latin America. This space provides information and analysis on current debates and events regarding the rule of law, human rights, judicial independence, and the strengthening of democracy in the region. The blog reflects the personal views of the individual authors, in their individual capacities. Blog posts do not necessarily represent the institutional positions of DPLF or its board.

1 Respuesta

Deja un comentario