Anaid Paola Velasco Ramírez* y Francisco Xavier Martínez Esponda**
Hace siete (07) años México espera una nueva Ley de aguas a partir de una reforma del artículo 4° de la Constitución federal que consagró el derecho humano al agua en el año 2012. El debate jurídico ha girado en torno a qué modelo de desarrollo legislativo debe adoptarse: uno que se limite a considerar a este vital recurso natural como un servicio administrativo u otro innovador que incorpore un enfoque de derechos, ambiental y pluricultural. Sobre el particular, dos expertos del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) nos ilustran sobre este interesante y actual debate legislativo y que podría ser un buen (o mal) referente normativo en otros países de América Latina.
En México hablar del agua es hablar de un problema complejo, que requiere de un abordaje interdisciplinario e intercultural. Empecemos dimensionando el tamaño de la cuestión, pues en el país existen cerca de 9 millones de personas sin acceso a agua potable y 11 millones de personas sin servicios de alcantarillado. La Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) ha estimado que para lograr la cobertura universal al 2030, considerando las tasas del crecimiento poblacional en México, deberá encontrarse la manera de dar acceso a agua potable a 36.8 millones de personas e incluir en servicios de alcantarillado a 40.5 millones de habitantes.[1] Amén de ello, la calidad de las aguas superficiales y subterráneas está gravemente amenazada por la contaminación proveniente de fuentes localizadas y difusas, y por la falta de atención a las descargas de aguas residuales[2]; de hecho el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) señaló en 2018 que únicamente 787 municipios en el país contaban con el servicio de tratamiento de las aguas residuales. Los escurrimientos con agroquímicos provenientes de actividades agrícolas y pecuarias en áreas rurales afectan también en gran medida la calidad del agua de los cuerpos superficiales y subterráneos.[3]
El régimen jurídico del agua establecido en la Ley de Aguas Nacionales ha resultado insuficiente y en muchos casos ha provocado la violación de derechos humanos en México. El derecho humano al agua, derecho que implica el acceso de toda persona al agua en cantidad y calidad suficiente para satisfacer sus necesidades básicas, fue reconocido en México el 8 de febrero de 2012 y supuso que todas y todos los actores involucrados pensaran un nuevo paradigma en torno al cual pudiera ser construido el goce y disfrute de este derecho…
La página que estás buscando ahora está disponible en nuestro nuevo sitio:
👉 Haz clic aquí para ir a la nueva página.
*Gerente de Investigación del Centro Mexicano Derecho Ambiental, A.C., avelasco@cemda.org.mx
**Director Operativo del Centro Mexicano Derecho Ambiental, A.C., xmartinez@cemda.org.mx
[1] CONAGUA. Agenda del Agua 2030. México. 2011. P. 6.
[2] OCDE (2013). P. 20.
[3] SEMARNAT. Informe sobre la Situación del Medio Ambiente. Edición 2008.
Foto: Biswarup Ganguly / Wikimedia Commons

Es necesario que se amplíe la visión sobre los derechos de los pueblos indígenas, ya que estos no son solo culturales, recordar que su principal demanda ha sido el reconocimiento de su derecho de libre determinación, que hoy está parcialmente reconocido en la Constitución y cuyo referente internacional es la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Me gustaMe gusta
[…] to name a few – added this right to water into their constitutions. Even if these are somewhat limited regulations – with little incorporation of wastewater management and culturally appropriate […]
Me gustaMe gusta
Este es un hecho que muy pocos conocen. Conservo el archivo completo que le dio origen a esta iniciativa de la CNDH y que culminó con la elevación de la la Garantía Constitucional, a Derecho Humano. El proceso fue de casi dos años de constantes violaciones, desacatos, amenazas de muerte y por supuesto la suspención del servicio de agua, con la amenaza de cancelar el permiso de extracción y venta a quienes me vendiaran agua. No fue un proceso nada simple, ensuciado por corrupción, despotismo, ignorancia, discriminación, pero, la justicia llegó con su lento caminar y finalmente nos rehabilitaron el servicio, pues, les gané la demanda interpuesta contra el Municipio de Oaxaca de Juárez. Ese archivo es testigo fiel de uno de los episodios más vergonzosos para el Municipio y a su vez, de mayor gloria para todos los mexicanos.
Me gustaMe gusta