Las paradojas de la justicia en El Salvador: el caso Saca

Xenia Hernández*

En septiembre de 2018, el expresidente de El Salvador entre los años 2004 y 2009, Elías Antonio Saca, fue condenado a 10 años de prisión por un tribunal penal, por los delitos de peculado y lavado de dinero y activos. Deberá devolver al Estado $260 millones de dólares, de los $301 millones a los que, según investigaciones periodísticas, ascendería lo sustraído. El caso ha estado en el centro de la atención pública, ya que esta es la primera vez en la historia salvadoreña que un exmandatario recibe una condena por actos de corrupción realizados durante su administración[1]; pero también por los cuestionados resultados del trabajo de investigación y persecución penal de la Fiscalía General de la República (FGR).

Esto no es el único castigo al que se enfrenta. Además, pesa sobre él una investigación por enriquecimiento ilícito en un proceso de naturaleza civil. Esta investigación inició a partir de una decisión de la Corte Suprema de Justicia[2] (CSJ), la cual tiene a su cargo un proceso conocido como “probidad”, que consiste en que la CSJ comprueba la veracidad de las ”declaraciones patrimoniales” presentadas por todo funcionario público al terminar su cargo, y si arrojan indicios de enriquecimiento ilícito, ordena a la Cámara de lo Civil del lugar de residencia del funcionario investigado que inicie el juicio civil correspondiente.  Esta facultad del máximo órgano de justicia tiene a la base la obligación que establecen la Constitución y la Ley sobre Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios y Empleados Públicos, para todo funcionario público, de rendir cuentas sobre su patrimonio, tanto al inicio como al cese de sus funciones públicas. Saca no pudo justificar 3.9 millones de dólares de incremento en sus haberes personales, al finalizar su periodo presidencial.

Junto a Saca fueron investigados seis de sus colaboradores más cercanos. El caso develó una red de corrupción que operó, sin obstáculo alguno, dentro de la Presidencia de la República. La estructura diseñada y utilizada para mover los fondos del erario involucraba a funcionarios públicos, empresas privadas y personas particulares. Esta red tenía entre sus estrategias, la simulación de un supuesto pago de $100 mil dólares mensuales a agencias de publicidad y de comunicación por servicios de difusión de mensajes de los avances de la gestión presidencial; servicios sobre los cuales no existe documentación sustentatoria. De esos $100 mil dólares mensuales el 80% fue depositado en cuentas del expresidente Saca y de empresas ligadas a sus familiares, y el 20% restante efectivamente era entregado como “retribución” para esas agencias, más que por sus servicios profesionales, por ser los “prestanombres”. También se depositaban, en bancos privados del país, fuertes sumas de dinero en efectivo y cheques provenientes de la cuenta institucional de la Presidencia. Los montos de estas cuentas, a nombre de Élmer Roberto Charlaix, Francisco Rodríguez Arteaga y Pablo Gómez, fluctuaban entre los $10 mil y $13 millones de dólares. Ahora se sabe que estos fondos provenían de la conocida “partida secreta”, declarada inconstitucional por la Sala de lo Constitucional en 2010[3], por ser una figura sin asidero constitucional y porque su funcionamiento no está sujeto a rendición de cuentas, ni a ningún otro mecanismo que garantice la transparencia en el gasto público.

Tales desfalcos fueron posibles, entre otros elementos, gracias a las “fallas” de las instituciones bancarias involucradas, las cuales nunca emitieron las alertas respectivas, ni notificaron al ente regulador del sistema financiero sobre estas operaciones sospechosas. Además, la Corte de Cuentas (contraloría) salvadoreña, por órdenes de su entonces titular, Hernán Contreras, se convirtió en otro cómplice de este entramado, al emitir informes falsos de auditorías para obstaculizar investigaciones y favorecer a sus aliados políticos.

En este caso de corrupción la FGR logró una condena[4] acumulada de 55 años de prisión para todos los imputados que formaron parte de esta estructura, quienes deben devolver al Estado un monto de $318.886 millones de dólares.  Para ello, la Fiscalía promovió el uso del “procedimiento y juicio abreviado” que habilita la legislación salvadoreña en el artículo 417 del Código Procesal Penal, un procedimiento que tiene su fundamento sustancial en la confesión que hace una persona procesada de forma libre y sin presión alguna ante un fiscal; lo que le da la oportunidad al imputado de que se le imponga una pena mínima. Es decir, la pena a decidir no depende de la gravedad del delito, sino de la habilidad negociadora entre el imputado, la defensa y la fiscalía. Además, permite al Estado ejercer justicia efectiva, ahorrando recursos que se gastan en un juicio largo y reduciendo la carga laboral de las instituciones públicas involucradas. Sin embargo, este mecanismo tiene sentido para delitos con penas menores y de poca complejidad probatoria, cuando no se está lidiando con el máximo responsable y cuando en la confesión se obtiene información útil para seguir con las investigaciones. Ninguno de estos tres elementos ha estado presente en la situación de Saca. Siendo el autor intelectual y líder de toda la estructura criminal, no es quien va a pasar más años en prisión por estos hechos; quién si lo hará es uno de sus colaboradores: Pablo Gómez, ex auxiliar contable en la Unidad Financiera de la Presidencia, quien rechazó el juicio abreviado y fue condenado a 16 años de cárcel. La condena de Saca no es equivalente al grado de participación en la corrupción, ni de los daños que causó al Estado y a la población con el desvío sistemático que dirigió durante los cinco años de su gestión presidencial.

Por ejemplo, en su confesión durante el juicio, Saca involucró a otros representantes de instituciones gubernamentales, de la banca y empresarios, de quienes hoy se conoce que facilitaron los medios para realizar los delitos en cuestión. Esto los hace cómplices, los hace formar parte de esa estructura criminal dedicada cometer actos de corrupción. La Fiscalía no parece haber seguido estas líneas, ha limitado su trabajo de acusación únicamente a los implicados desde la Presidencia. Esto deja intacta a la mayor parte de la estructura criminal.

Por tanto, el resultado de este caso no ha satisfecho el deseo de justicia de la ciudadanía que fue afectada en sus derechos por el uso ilícito de los fondos del Estado. Tal y como se evidencia específicamente con Tony Saca.

Aun así, no podemos negar que las condenas contra Saca y los otros como estructura de corrupción, que funcionaba desde la Presidencia, es un hecho sin precedentes y representa los primeros pasos en la lucha contra la gran corrupción. El caso ha contribuido a ganar un mínimo –al menos un nuevo aliento- de credibilidad en las instituciones encargadas. Entre ellas a la Fiscalía, para quien este proceder también es inédito, puesto que desde su fundación en 1952- como institución que investiga delitos y representa a víctimas y al Estado- jamás se habían investigado, por instrucciones expresas del Fiscal General, actos de corrupción contra las personas que han ocupado el cargo político más alto de la nación: el de Presidente de la República.

Indudablemente, estas acciones merecen algún reconocimiento; sin embargo, falta mucho por hacer. Ahora la Fiscalía debe continuar con las investigaciones y llevar al banquillo de los acusados al resto de los involucrados en este caso, y avanzar en otros que ejemplifiquen las redes de poder, entre ellos los 160[5] casos de los que el mismo Fiscal General ha dado noticia, al menos ha hecho público que lo tiene en trámite, pero cuyos resultados – si es que los hay- no son visibles. Aun parece distante el día que el país cuente con una institucionalidad fuerte en la lucha contra la corrupción.

*Asesora Técnica, Proyecto DPLF en El Salvador

[1] En abril de 2014, Francisco Flores, expresidente salvadoreño para la administración 1999-2004, también fue investigado por la Fiscalía General de la República (FGR) por los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito y desobediencia a particulares, debido al uso indebido de donativos financieros otorgados por la República de China (Taiwán) entre años 2003-2004. El caso fue judicializado, pero no llegó a concluir pues Flores falleció en enero de 2016, antes de que se le declarara culpable o inocente, quedando extinguida la acción penal. La FGR continuó, entre 2016-2018, la acción civil contra familiares de este exmandatario, pero hasta la fecha los tribunales salvadoreños han exonerado de toda responsabilidad civil a la familia Flores.

[2] Arauz, Sergio. (19 de febrero de 2016).  El Faro. “Corte Suprema confirma indicios de enriquecimiento ilícito del expresidente Saca”. Recuperado de:  https://elfaro.net/es/201602/el_salvador/18068/Corte-Suprema-confirma-indicios-de-enriquecimiento-il%C3%ADcito-del-expresidente-Saca.htm

[3] Sentencia de Inconstitucionalidad 1-2010/27-2010/28-2010. Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. 2010. Disponible en: http://www.csj.gob.sv/comunicaciones/Boletin_informativo/2010/Agosto_2010/Sentencia%201-2010%20con%20voto%20razonado.pdf

[4] . Quedando para cada imputado de la siguiente manera: 10 años de cárcel para Elmer Roberto Charlaix, exsecretario privado, y deberá pagar 15 millones de dólares. Cinco años de cárcel para Julio Rank, exsecretario de comunicaciones, deberá devolver 8 millones de dólares; cinco años de cárcel para el exsecretario de juventud César Funes, deberá pagar 886 mil dólares. Seis años de cárcel para Francisco Rodríguez Arteaga, se le condenó a pagar 7 millones de dólares. Tres años en prisión para Jorge Herrera Castellanos, ex jefe de tesorería institucional, quien debe pagar 3 millones de dólares; y para Pablo Gómez, a 16 años de cárcel y debe pagar 5 millones de dólares

[5] Transparencia Activa. (22 de febrero de 2016). “Los casos de presunta corrupción pendientes en la Fiscalía”. Recuperado de https://www.transparenciaactiva.gob.sv/los-casos-de-presunta-corrupcion-pendientes-en-la-fiscalia

Foto: Victor Peña

Acerca de Justicia en las Américas

Este es un espacio de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés) en el que también colaboran las personas y organizaciones comprometidas con la vigencia de los derechos humanos en el continente americano. Aquí encontrará información y análisis sobre los principales debates y sucesos relacionados con la promoción del Estado de Derecho, los derechos humanos, la independencia judicial y el fortalecimiento de la democracia en América Latina. Este blog refleja las opiniones personales de los autores en sus capacidades individuales. Las publicaciones no representan necesariamente a las posiciones institucionales de DPLF o los integrantes de su junta directiva. / This blog is managed by the Due Process of Law Foundation (DPLF) and contains content written by people and organizations that are committed to the protection of human rights in Latin America. This space provides information and analysis on current debates and events regarding the rule of law, human rights, judicial independence, and the strengthening of democracy in the region. The blog reflects the personal views of the individual authors, in their individual capacities. Blog posts do not necessarily represent the institutional positions of DPLF or its board.

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