Ramiro Orias* y Diego Velásquez**
El pasado 15 de julio de 2021, la Fundación para el Debido Proceso (DPLF) organizó un encuentro regional de personas expertas de la región con el objetivo de compartir experiencias de la sociedad civil en el combate a la corrupción. La reunión se dividió en dos paneles: el primero abordó el rol de las víctimas en la persecución penal de la corrupción y el derecho a una reparación integral, con la participación de Naomi Roht-Arriaza[1], Miguel Urbina[2] y Pablo Secchi[3]. El segundo panel lo integraron Marcelo Giullitti Oliva[4], José Ugaz[5] y Estefanía Medina[6], quienes abordaron la participación de la sociedad civil en los procesos penales por actos por corrupción.
En el primer panel se discutió acerca de la importancia de definir con claridad quiénes son las víctimas de la corrupción. Se concluyó que, si bien la Convención de NNUU contra la Corrupción establece algunos derechos para las víctimas —como que sus intereses sean tomados en cuenta dentro el proceso penal, a iniciar una acción legal contra los responsables a fin de obtener una indemnización por los daños sufridos—, este instrumento no contiene una definición específica; por lo que resulta importante sortear este desafío.
También se identificó como un obstáculo para la participación de las víctimas dentro de estos procesos, la manera en la que las legislaciones nacionales regulan la legitimidad para actuar como sujeto procesal en la vía penal. En la región no existe una práctica uniforme de legislar en los códigos procesales penales la posibilidad de que las víctimas de la corrupción —particularmente cunado son de naturaleza colectiva— puedan tener legitimación activa en dichos procesos, ya sea como querellantes, acusadores particulares o alguna otra modalidad de rol coadyuvante de los ministerios públicos en el combate a la impunidad por delitos de corrupción. En la discusión quedó en claro que la prescripción y la amnistía pueden llegar a ser perjudiciales para obtener reparaciones, y que habría que definir los márgenes de estas figuras. Finalmente, se destacó la importancia de definir el concepto de daño social y las modalidades para reclamar su reparación.
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