Úrsula Indacochea*
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El 1 de mayo de 2021, la Asamblea Legislativa de El Salvador resolvió –como primer acto en su primera sesión– remover de sus cargos a la totalidad de magistrados y magistradas titulares y suplentes de la Sala de lo Constitucional y al Fiscal General de la República, y designar directamente a sus reemplazos, colocando en estos cargos a un grupo de abogados y una abogada afines a sus intereses. Estos actos fueron condenados de forma unánime por organismos internacionales de derechos humanos y organizaciones civiles de toda la región, como una reedición de las nefastas experiencias autoritarias del pasado y como una amenaza actual a la democracia hemisférica. Un año después, sus impactos han sido múltiples; algunos de ellos han podido verse con mayor claridad con el paso del tiempo. En este artículo ofrezco cinco aproximaciones a estos hechos con el propósito de visibilizar sus distintos efectos.
1. Violaciones graves a todas las garantías de la independencia judicial
El derecho internacional de los derechos humanos garantiza la independencia judicial, tanto a nivel institucional (del Órgano Judicial como un todo) como a nivel personal (de cada uno de los jueces y juezas de forma individual). Diversos organismos, tanto del sistema de las Naciones Unidas como del sistema interamericano, han desarrollado los contenidos de esta garantía: (i) un adecuado proceso de nombramiento, (ii) la garantía de la inamovilidad y (iii) la garantía frente a presiones externas.
Los hechos del 1 de mayo vulneraron todas ellas, sin excepción. La remoción de altas magistraturas, basada en el contenido de sus decisiones, sin que exista una causa grave previamente establecida en la ley, y sin un debido proceso, violó la garantía de la inamovilidad de quienes integraban la Sala de lo Constitucional. Las presiones que forzaron las renuncias voluntarias de casi todos los magistrados legítimos de este órgano –mediante cartas con una redacción idéntica–, y el uso de la fuerza pública para tomar las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia e impedirles el ingreso a sus despachos (además de instalar a sus reemplazos), violó la garantía frente a presiones externas. Finalmente, la designación directa y sin seguir el mecanismo de selección previsto en las normas internas violó la garantía que exige un adecuado proceso de selección.
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