Juicios de Derechos Humanos

Posted on December 9, 2013

Autor: El Comercio (Ecuador)

En 1990.  Un grupo de militantes de AVC protestaba frente al Palacio de Gobierno.  Con la aprobación de Ley de Víctimas, 456 personas que sufrieron violaciones a los derechos humanos podrán acceder a una reparación directa sin necesidad de que exista un proceso judicial o una sentencia que determine a los autores de esas afectaciones.

Esta es la primera vez que se establece un mecanismo administrativo de este tipo, en donde el Estado asumirá que cometió violaciones a los derechos durante los gobiernos comprendidos entre octubre de 1983 y diciembre del 2008, sin necesidad de que las víctimas acudan ante el Sistema Interamericano para exigir justicia.

La vía administrativa es una herramienta válida y que ha sido usada en casos de afectaciones a los derechos humanos, como en los acuerdos de solución amistosa, en los que ha intervenido la Procuraduría, pero siempre con la mediación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Autor: ICTJ

El caso por genocidio en contra del ex general y jefe de Estado de facto Efraín Ríos Montt ha adquirido recientemente una dimensión internacional. El 6 de noviembre, los abogados de las víctimas presentaron una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que denuncia al Estado de Guatemala por la impunidad reinante con respecto a los crímenes de genocidio y crímenes de lesa humanidad cometidos contra la etnia ixil. La demanda sucede en un momento clave para el proceso, ya que durante los próximos días la Corte de Apelaciones de Guatemala deberá decidir si concede o no la amnistía a Ríos Montt por los crímenes cometidos durante la guerra civil.

En mayo de 2013, Ríos Montt fue declarado culpable de genocidio por tribunales nacionales, cuya decisión se basó en una amplia variedad de pruebas, entre ellas la masacre de 1,771 miembros de la etnia maya ixil durante la guerra civil de Guatemala en la década de 1980. Sin embargo, 11 días después la decisión fue revocada por el Corte de Constitucionalidad, cuya decisión significa que el caso tendrá que ser juzgado de nuevo. El Centro de Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) y la Asociación para la Justicia y la Reconciliación (AJR), que representaron a más de 100 víctimas y sus familias en el juicio, insisten en que la decisión de la Corte de Constitucionalidad es ilegal.

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Autor: Partido Comunista de Uruguay

Segunda audiencia en Roma en el juicio por el Plan CóndorEntre los acusados por el fiscal italiano Giancarlo Capaldo figuran el otrora poderoso jefe de la DINA chilena, general Manuel Contreras; el ex ministro del Interior de Bolivia, Luis Gómez Arce; el ex ministro de Perú, Pedro Ritcher Prada y la flor y nata de los represores de la dictadura de Uruguay, cuya nómina completa va líneas abajo.

La investigación de Giancarlo Capaldo comenzó en 1998 y se trata de hacer justicia con los ciudadanos de origen italiano que fueron asesinados, secuestrados, torturados y desaparecidos en Uruguay, Chile, Perú y Bolivia. O que en el marco del Plan Cóndor padecieron las consecuencias del terrorismo de Estado en otros países. El caso de Uruguay es el más evidente: todos los ciudadanos uruguayos de origen italiano fueron secuestrados en Argentina.

El trabajo del fiscal Giancarlo Capaldo se concentró sobre 140 posibles indagados y culminó en 2010. En el caso de Uruguay la denuncia fue presentada por María Esther Gatti de Islas y Luz Recagno.

Corresponde destacar que para la elaboración de este informe EL POPULAR contó con el invalorable aporte de Mario Occhinero, un uruguayo residente en Italia, que nos explica de qué se trata el Osservatorio Uruguay en nota aparte.

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Autor: Jorge Paucar Albino – La Mula (Perú)

El exdictador Alberto Fujimori, condenado por la matanza de La Cantuta, se la ha pasado dando entrevistas a medios de comunicación. En sus intervenciones, ha utilizado el espacio como medio de propaganda política a su favor.

Pero, por más que quiera limpiarse o que los peruanos olvidemos, las consecuencias de su régimen siguen latentes. Este martes, tres integrantes del Grupo Colina han sido sentenciados por el asesinato de nueve estudiantes y un profesor de la universidad Enrique Guzmán y Valle, La Cantuta en 1992.

La Sala Penal Nacional Colegiado “A” del Poder Judicial sentenció a 22 años de prisión a Juan Epifanio Vargas Chochoque, Cesar Héctor Alvarado Salinas y Ángel Arturo Pino Díaz. Por su parte, el Tribunal Superior solicitó la búsqueda y orden de captura de Aldo Velásquez Asencio, por encontrarse no habido. Además, la Sala dispuso que los implicados deberán pagar cada uno S/.40,000 por concepto de reparación civil a favor de los familiares de las víctimas.

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Posted on November 7, 2013

Autor: Ramiro Ávila Santamaría

¿Por qué girar alrededor del expediente judicial? Pues, simplemente porque aquello que mira y valora el juzgador, lo puede apreciar el lector.  El expediente, mientras subsista aún esta manía de registrar todos los actos antes de juzgar, ayuda a tener información, la “oficial”, para construir los hechos que serán motivo del juicio. Más allá de lo que diga la prensa, los protagonistas o los analistas, los juzgadores se tendrían que limitar a lo que consta en el expediente y a lo que se ha dicho en el juicio. Los hechos tienen que ser probados y esos hechos tienen que ser muy graves para que las personas acusadas sean condenadas. ¿Se han probado los hechos y merecen juicio y condena las personas acusadas? De esto se trata en este estudio: describir los hechos, tratar objetivamente de informar si se han probado esos hechos y valorar, desde la lógica de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, si es que las actuaciones de los agentes de policía y los servidores judiciales es o no conforme a un Estado constitucional de derechos y justicia.

Para lograr estos objetivos, me he propuesto el siguiente esquema: relatar los hechos que motivan el procesamiento, enunciar el derecho aplicable, valorar las actuaciones procesales y concluir afirmando si hay o no violaciones a los derechos fundamentales.

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Posted on October 21, 2013

Autor: AFP / Gabriel Labrador – El Faro (EL Salvador)

Oficinas de Tutela Legal del arzobispado. Foto: Rene Alvarenga

El arzobispo de San Salvador, José Luis Escobar Alas, aseguró este domingo que no entregará a la Fiscalía General de la República (FGR), “ni una hoja” de un archivo sobre crímenes cometidos en la guerra civil salvadoreña ocurrida entre 1980 y 1992.

Tras reconocer que el viernes fueron “sorprendidos” por la visita repentina de personal de la FGR, Escobar Alas, por cuya orden fue sorpresivamente clausurada Tutela Legal el 30 de septiembre pasado, comentó durante una rueda de prensa, que les hizo saber a los fiscales que el archivo es propiedad de la iglesia y que no permitirán removerlo y “ninguno de los expedientes, ni siquiera una hoja”.

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Autor: EFE – La Hora (Ecuador)

QuitoLa Fiscalía de Ecuador llevará por primera vez a la justicia un caso de crímenes de lesa humanidad, del que van a ser acusados a diez mandos policiales militares de los años 80, por delitos de tortura, violencia sexual y desaparición forzada.

Así lo informó hoy el director de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos de la Fiscalía, Fidel Jaramillo.

Entre 2007 y 2010 el Estado ecuatoriano investigó graves violaciones de los derechos humanos perpetradas a partir de la década de los años 80, para lo cual conformó la Comisión de la Verdad, que presentará a la Corte Nacional de Justicia el próximo martes el caso de Luis Vaca, Susana Cajas y Javier Jarrín.

«Los crímenes de lesa humanidad jamás han sido judicializados en Ecuador, no porque no existan, sino que nunca hubo ni la decisión política ni judicial de poder abarcar estos crímenes», comentó.

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Autora: Mari Luz Peinado – El País (España)

Culpable de genocidio. Cuando la jueza Yassmín Barrios leyó la sentencia al exdictador guatemalteco José Efraín Ríos Montt el 10 de mayo de 2013, estaba haciendo historia. Nunca antes hasta ese momento, un ex jefe de Estado había sido condenado por genocidio en un tribunal nacional. Pero el término “culpable” no era el que más ampollas levantaba. La palabra que durante todo el proceso había suscitado más recelos era “genocidio”. Parte de la sociedad guatemalteca defendió que el genocidio nunca existió, que no hubo un plan para eliminar a los indígenas ixiles. El propio Ríos Montt lo había defendido en su única intervención durante el juicio. “Nunca autoricé, nunca firmé, nunca propuse, nunca ordené que se atentara contra una raza, etnia o una religión”. Pero ahí estaba la juez Yassmín Barrios, vestida con traje oscuro de raya diplomática, leyendo la sentencia. Culpable de genocidio.

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Juan José Dalton, El País – España (08/28/2013)

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El coronel salvadoreño Inocente Orlando Montano, ex viceministro de Seguridad Pública, fue condenado este martes a 21 meses de cárcel en Estados Unidos por un juez de la ciudad de Boston, donde fue enjuiciado por fraude migratorio y por perjurio. El juicio estuvo marcado por un intenso debate por su participación en la matanza de seis sacerdotes jesuitas, cinco de origen español, en noviembre de 1989 en plena guerra civil salvadoreña. Entre los asesinados aquella madrugada de noviembre estaban los destacados teólogos Ignacio Ellacuría, Segundo Montos e Ignacio Martín Baró, que también eran rectores de la Universidad Centroamericana (UCA).

Montano enfrentará en prisión una solicitud de extradición a España de parte de la Audiencia Nacional, que lo acusa del crimen de los jesuitas, según la abogada Almudena Bernabéu, parte querellante en el proceso abierto en Madrid, que implica a una veintena de altos oficiales de El Salvador.

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Coordinadora Nacional de Derechos Humanos – Perú (08/20/2013)

cordinadora

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos convocó a la prensa a un desayuno de trabajo con miras al 28 de agosto, fecha en que se cumplen diez años de la entrega del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Participaron como expositores Rocío Silva Santisteban, secretaria ejecutiva de la CNDDHH, Sofía Macher, ex-comisionada, Eduardo Cáceres, filósofo y ex-director de Aprodeh y Gloria Cano, directora de Aprodeh.

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Carlos Rivera Paz, Justicia Viva – Perú (08/15/2013)

barrios altosLa Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, finalmente, ha emitido sentencia en el caso Barrios Altos y con ello – veintidós años después – el caso ha terminado judicialmente. De hecho, estamos ante el caso más emblemático de la larga lista de crímenes contra los derechos humanos perpetrados durante el conflicto armado interno que, como se sabe, es uno de los hechos por los cuales el ex presidente Alberto Fujimori fue condenado. 

Es importante recordar que durante la década de los años noventa el caso Barrios Altos no solo puso en evidencia la relación del régimen fujimorista con aquellos que habían perpetrado materialmente el crimen, sino que también fue la razón por la cual dicho régimen tomó la decisión de promulgar, en junio de 1995, las leyes de amnistía para favorecer a los integrantes del Destacamento Colina y para proteger directamente al propio Alberto Fujimori y su asesor Montesinos. Estas leyes significaron la clausura de la acción de la justicia, pero posteriormente, en marzo del 2001, el caso permitió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictar una sentencia histórica en la cual declaró que tales normas carecían de efectos jurídicos, hecho que determinó el reinicio de las investigaciones judiciales.

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