Autores: Luis Pásara y Marco Feoli
El mecanismo de nombramiento judicial –o, lo que es lo mismo, la vía para acceder al cargo– tiene, en todo lugar y tiempo, consecuencias respecto del tipo de candidatos que aceptan postular bajo las reglas existentes; en particular, determinadas vías para llegar a ser nombrado juez pueden comprometer, incluso severamente, la calidad de los postulantes. Por ejemplo, cuando el peso fundamental depende de instancias políticas, quien no tiene acceso para llegar a esas instancias, probablemente desista de considerar la postulación aunque sea portador de méritos significativos para desempeñar el cargo. En general, cuando los méritos del candidato no cobran importancia decisiva para el nombramiento, quien es nombrado juez o magistrado sabe que “le debe el cargo” a alguien y, usualmente, estará dispuesto a “pagar” por ello en un momento dado. Los mecanismos de nombramiento judiciales, entonces, tienen efectos tanto respecto de la calidad de quienes llegan a ejercer la judicatura como respecto de su independencia y, en consecuencia, la imparcialidad que se espera de un juez en todos los casos que conoce.
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Author: Naomi Roht-Arriaza

In a decision widely misreported in the press, Guatemala’s Constitutional Court last week asked a lower court judge to explain why Guatemala’s 1986 blanket amnesty law should not shield former dictator Efrain Rios Montt from judicial action. The lower courts have already held, and the Constitutional Court has agreed, that the later 1996 Law of National Reconciliation, does not impede prosecution. That law has an explicit exception for genocide and other international crimes. However, the Court’s concern now was with the earlier version, which Rios Montt claimed had to be applied since it applied at the time, and ignoring it now would violate principles of legal certainty and legality by retroactively applying a later law.
The 1986 law was passed by the Mejia Victores government shortly before the handover of power to a civilian regime. It provided amnesty to all those accused of political crimes or related common crimes from March 23, 1982 until January 14, 1986. (Originally a co-defendant with Rios Montt in the genocide case, Mejia was excused from trial for health reasons). As such it is a classic “self-amnesty,” widely condemned by the Inter-American system and the UN as contrary to a state’s international commitments. It was overturned by the Guatemalan Congress when the 1996 law was passed, and so had no ongoing legal validity. It also violated Guatemala’s adherence to the Genocide Convention, which dates back to 1950 and which requires punishment of the crime of genocide. The obligation to prevent and punish genocide was incorporated into the penal code in 1973, well before the events at issue, and before the amnesty. Thus, any argument about ex post facto law is particularly inapposite here.
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Autor: Sergio Arauz – El Faro (El Salvador)
La Sala de lo Constitucional admitió para estudio este viernes una solicitud de inconstitucionalidad de Ley de Amnistía de 1993, con lo que se coloca en la situación que en junio de 2011 motivó al partido Arena a promover el decreto 743 con que pretendió inmovilizar a los magistrados constitucionalistas, obligándolos a que las inconstitucionalidades solo puedan emitirse con el voto unánime de los cinco miembros de la Sala.
Los demandantes argumentan que dicha ley viola toda garantía de que las personas accedan a la justicia y lograr que se deduzcan responsabilidades por los crímenes políticos y comunes vinculados con políticos ocurridos durante la guerra civil. Sostienen que la experiencia de amnistía general ha sido un obstáculo para que los Estados cumplan con su obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables de graves violaciones a los derechos humanos.
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Autor: Rodrigo Cea – El País (España)
Con ocasión de los 40 años del golpe militar que derrocó a Salvador Allende el 11 de septiembre de 1973, la Asociación Nacional de Magistrados del Poder Judicial de Chile ha pedido perdón por sus “omisiones impropias de su función” durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).
“Sin ambigüedades ni equívocos, estimamos que ha llegado la hora de PEDIR PERDÓN a las víctimas, a sus deudos y a la sociedad chilena por no haber sido capaces en ese trance crucial de la historia de orientar, interpelar y motivar a nuestra institución gremial y a sus miembros en orden a no desistir de la ejecución de sus deberes más elementales e inexcusables, a saber, el cumplimiento de la función cautelar que en sí misma justifica y explica la existencia de la jurisdicción”, señala la declaración escrita publicada en su página web.
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Autor: Marco Sifuentes – INFOS (Perú)
Un prolongado almuerzo en mayo del 2012 entre Juan Jiménez (Entonces Ministro de Justicia del Perú), Pedro Cateriano (Entonces procurador del Estado Peruano ante la Corte Interamericana), César San Martín (Presidente del Poder Judicial) y la jueza que decidió el caso Chavín de Huántar, es revelado en una serie de audios.
Estos audios confirman que en el almuerzo, los representantes del Ejecutivo le plantearon a la jueza sus deseos sobre el caso. En ese momento, una sala penal de la Corte Superior estaba por sentenciar a Vladimiro Montesinos, Roberto Huamán y Nicolás Hermoza por supuestas ejecuciones extrajudiciales en el rescate de rehenes de la embajada de Japón, en 1997.
Lea otro artículo del autor sobre este tema aquí
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Brian Whitmore, Voice of America – United States (07/26/2013)
How did the U.S. Supreme Court establish and preserve its independent role? And are there any lessons that can be derived from this experience for countries struggling to establish the rule of law and independent judiciaries? In an exclusive interview at RFE/RL’s Prague headquarters, correspondent Brian Whitmore spoke with U.S. Supreme Court Justice Elena Kagan about these issues. Prior to taking her lifetime seat on the Supreme Court in 2010, Kagan served as solicitor-general in the Obama administration and as dean of Harvard Law School.
Read the full interview here.
Lea la entrevista en español aquí.
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La Mula – Perú (07/23/2013)
La noche del lunes 22 de julio, cerca de 10 mil manifestantes, en su mayoría jóvenes, tomaron las calles del Centro de Lima para protestar en contra de la clase política dominante peruana. La repartija de cargos perpetrada en el Congreso en las elecciones por el Tribunal Constitucional, Defensoría del Pueblo y Banco Central de Reserva fue lo último que tuvieron que soportar.
Vea el video de La Mula aquí.
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El Comercio – Perú (07/24/2013)
El pleno del Congreso de la República Peruana dejó sin efecto las tres resoluciones que nombraron a seis magistrados del Tribunal Constitucional, tres directores del Banco Central de Reserva y la titular de la Defensoría del Pueblo. La decisión adoptada por el Legislativo se dio luego de la exhortación hecha por el presidente Ollanta Humala para que el fujimorista Rolando Sousa y la peruposibilista Pilar Freitas den un paso al costado en el TC y defensoría; la declinación de la mayoría de magistrados electos; y las protestas de la sociedad civil en contra de la repartija.
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La Gaceta – Argentina (05/28/2013)
El Gobierno argentino promulgó ayer la ley de reforma del Consejo de la Magistratura y dispuso que las elecciones de consejeros se realicen junto con las legislativas del 27 de octubre, luego de votar a los candidatos en las primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del 11 de agosto. Inmediatamente se produjo una catarata de recursos de amparos. Entidades que representan a los abogados, así como referentes de la oposición -la UCR, el FAP, el PRO, la Coalición y Unión Por Todos- presentaron el recurso judicial y criticaron e impugnaron la reforma.
Lea el artículo completo de La Gaceta aquí.
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Alberto Binder, MDZ Online – Argentina (04/10/2013)
La administración de justicia del país, y no digamos la federal, necesita cambios profundos, urgentes y de largo aliento. Desde hace muchos años hemos denominado a ese programa “democratización de la justicia” bajo el entendimiento de que no se trata de que los jueces sigan los dictados de la mayoría –lo que iría en contra de su función constitucional- sino que se trata de que la administración de justicia sepa acompañar el crecimiento y desarrollo de una sociedad plural, dinámica, tolerante e inclusiva.
Lea el artículo completo aquí.
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Roberto Gargarella, Plataforma 2012 – Argentina (05/02/2013)
Presentación de Roberto Gargarella, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Buenos Aires, sobre la reforma judicial argentina.